Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 24731
Convocatoria y bases de becas de colaboración para estudiantes y titulados de enseñanzas postobligatorias 2013.
1. Objeto de la convocatoria
La presente convocatoria regula el proceso de otorgamiento de becas de colaboración en los servicios propios del IMEB y/o de diferentes departamentos del Ayuntamiento de Calvià.
Esta iniciativa municipal, según el artículo 28 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pretende impulsar el fomento de la formación dentro de los estudios superiores y favorecer la formación complementaria, tanto académica como personal.
2. Requisitos para poder ser beneficiario de una beca
Ser estudiante de ciclo formativo de grado medio, ciclo formativo de grado superior o universitario (grado, máster, doctorado); o tener uno de los siguientes estudios o titulaciones: certificado de profesionalidad de nivel 1, 2 o 3; titulado en formación profesional de grado medio, formación profesional de grado superior, diplomatura, licenciatura, grado, postgrado, máster, doctorado.
Haber cumplido 18 años en el momento de presentar la solicitud.
Estar empadronado en el municipio de Calvià en primera o segunda residencia con una antigüedad mínima a 1 de enero de 2013 o bien acreditar el pago de los impuestos municipales del año 2012 por parte del solicitante o familiares de 1r grado..
Haber acabado los estudios dentro de los cuatro años anteriores a la solicitud de la beca.
No haber sido adjudicatario de la beca de colaboración, con los mismos estudios y funciones, por un período superior a dos años.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ajuntament de Calvià, de conformidad en los dispuesto en el artículo 13 de la Ley de 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en el momento de la solicitud y/o renovación.
Entregar la documentación especificada en el catálogo de becas, dentro del plazo indicado.
3. Características y condiciones de las becas.
El objetivo de las becas es la formación práctica del estudiante y favorecer la formación complementaria, tanto académica como personal. Así como facilitar un contacto con la administración y adquirir conocimientos sobre su funcionamiento y áreas que se gestionan.
La duración mensual de las prácticas será de un mínimo de 50 horas y un máximo de 140.
La cantidad de la beca para estudiantes se estipula en 546 € (importe bruto, se descontará el IRPF correspondiente) para cada 140 horas mensuales.
En el caso de poseer certificado de profesionalidad de nivel 1 se estipula en 561 € (importe bruto) por cada 140 horas mensuales.
En el caso de poseer certificado de profesionalidad de nivel 2, 3 o titulados, se estipula en 945 € (importe bruto, se descontará el IRPF correspondiente y la cuota de alta en la Seguridad Social) para cada 140 horas mensuales.
En el caso de un número inferior de horas, estas cantidades se calcularán de forma proporcional. El inicio de las prácticas se firmará un convenio particular con cada becario en el que se establecerán de forma detallada las condiciones de la misma.
En caso de los estudiantes, se contratará un seguro escolar que cubrirá las contingencias que puedan ocurrir durante la beca.
En caso de los titulados, incorporación del becario al Régimen de la Seguridad Social en los términos establecidos en el RD1493/2011, de 24 de octubre.
4. Crédito presupuestario
Queda condicionado a la disponibilidad del crédito presupuestario preciso para atender las obligaciones que se deriven de la convocatoria.
5. Documentación y plazos de presentación de solicitud
En base a las necesidades de los servicios y/o departamentos, y durante el año 2013, el catálogo de plazas se publicará en la web www.calvia.com. Dentro de cada oferta de práctica se especificará: número de plazas, fechas, horario, perfil del becario, estudios o titulación, tareas y funciones, servicios/departamento, documentación a presentar, criterios de valoración y plazos de presentación de candidatura.
Las solicitudes se han de presentar en el Instituto Municipal de Educación y Bibliotecas de Calvià (C/ Julià Bujosa Sans, batle, 1. Calvià) de 09.00 a 14.30 horas, de lunes a viernes, y bien por otros canales legalmente establecidos.
Estas bases entraran en vigor al dia siguiente de haberse publicado en el BOIB.
Calvià, 26 de noviembre de 2012
Presidenta IMEB
Esperanza Catalá Ribó