Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SÓLLER
Núm. 24729
Disolución Consorcio Pla D-Sóller
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La Junta Rectora del Consorcio Pla D-Sóller, en la reunión del día 11 de octubre de 2012, acordó el siguiente:
Aprobación de la disolución del Consorcio Pla D-Sóller por integración en el nuevo Consorcio de Infraestructuras de las Islas Baleares y delegación en el Presidente del Consorcio Pla D-Sóller para los trámites de disolución y efectiva extinción.
Con el fin de racionalizar el sector público instrumental de la Comunidad Autónoma, el Gobierno de las Islas Baleares, mediante Consejo de Gobierno día 21 de septiembre de 2012, ha aprobado la creación del Consorcio de Infraestructuras mediante la fusión, entre otras, del Consorcio Pla D-Sóller y la aprobación de sus Estatutos (BOIB núm. 140, de 25 de septiembre de 2012).
La creación de este Consorcio estaba prevista en la primera fase del Proyecto de Reestructuración del Sector Público Instrumental de las Islas Baleares (punto 11 del anexo Y), aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de abril de 2012.
Estas actuaciones se enmarcan en la necesidad de cumplir aquello que prevé la disposición adicional octava de la Ley 9/2011, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2012 (BOIB núm. 195 ext., de 30 de diciembre de 2011) que autoriza al Gobierno de las Islas Baleares para que, a todos los efectos, haga todas las actuaciones que hagan falta, normativas y de ejecución, con objeto de racionalizar y reducir el conjunto de entes instrumentales de la Comunidad Autónoma.
Es por eso que conviene proceder a la disolución del consorcio para integración de sus activos y pasivos en el nuevo Consorcio de Infraestructuras de las Islas Baleares, creado por razones de economía y eficiencia.
De acuerdo con los artículos 12 y 16.3 de los Estatutos del Consorcio Pla D-Sóller, corresponde a la Junta Rectora del Consorcio, como órgano de gobierno del mismo, la disolución del consorcio. Los acuerdos que adopte la Junta Rectora del Consorcio relativos a la disolución y liquidación del Consorcio, y también los referentes a su transformación en otra entidad, se tienen que adoptar por unanimidad de los miembros con derecho a voto en esta Junta y la ratificación de las entidades que sean miembros del Consorcio con derecho a voto en este.
El artículo 13 h de los Estatutos prevé que corresponde a la Presidencia del Consorcio ejercer las funciones que le delegue la Junta Rectora.
Por lo tanto, y visto lo anterior, la Junta Rectora, por unanimidad de sus miembros, adopta los siguientes acuerdos:
Aprobar la disolución del Consorcio Pla D-Sóller por integración en el Consorcio de Infraestructuras de las Islas Baleares, creado por acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión de día 21 de septiembre de 2012 (BOIB núm. 140, de 25 de septiembre de 2012), sin perjuicio de la ratificación por parte de las entidades consorciadas, de acuerdo con lo que prevé el artículo 16.3 de los Estatutos del Consorcio Pla D-Sóller.
Acordar que todos los bienes, derechos y obligaciones del Consorcio Pla D-Sóller se integren en el nuevo Consorcio de Infraestructuras de las Islas Baleares, a la fecha de ratificación de la disolución del Consorcio Pla D-Sóller por parte de de el Consejo de Gobierno de las Islas Baleares.
Las cuentas anuales del ejercicio 2012 del Consorcio Pla D-Sóller, en fecha 31 de octubre de 2012, una vez auditados y aprobados por la Junta Rectora del Consorcio Pla D-Sóller, serán las cuentas de integración en el Consorcio de Infraestructuras de las Islas Baleares.
Facultar al Presidente del Consorcio, como órgano de gobierno y de gestión, a llevar a cabo todos los trámites tendentes a la disolución y efectiva extinción del Consorcio Pla D-Sóller para su integración en el Consorcio de Infraestructuras de las Islas Baleares.
Notificar estos acuerdos a los interesados, y en especial al Ayuntamiento de Sóller, a la Consejería de Turismo y Deportes, a los efectos de su ratificación, de acuerdo con lo que prevé el artículo 16.3 de los Estatutos.
Ordenar la publicación de estos acuerdos en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Sóller, 15 de noviembre de 2012.
EL PRESIDENTE,
CARLOS SIMARRO VICENS