Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 3 DE EIVISSA
Núm. 21358
Juicio Verbal 140/2012, sobre otras materias
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la SENTENCIA cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
“Vistos por mi SERGIO GONZÁLEZ MALABIA, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia n. 3 de Ibiza, los presentes autos de Juicio Verbal 140/2012, sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancias de CARMA S. XXI, SL, representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Marí Abellán y con asistencia letrada a cargo del Sr. José Nadal Mir, contra HOTEL SPORT, S.A., declarada en situación procesal de rebeldía. FALLO.- QUE, ESTIMANDO INTEGRAMENTE LA DEMANDA interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sr. Marí Abellán, en nombre y representación de CARMA S. XXI, SA. Contra HOTEL SPORT, SA, debo declarar y declaro haber lugar a la misma y, en consecuencia, debo condenar y condeno al referido demandado a que, firme que sea la presente resolución, abone a la parte actora la cantidad de DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON TREINTA Y OCHO EUROS (2339,38 EUROS), con más los intereses legales procedentes, todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.
Notifíquese la presente resolución a las partes, contra la que no cabe formular recurso de apelación, conforme a lo previsto en el art. 455 LEC.”
Y como consecuencia del ignorado paradero de HOTEL SPORT S.A. se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
IBIZA/EIVISSA a once de Octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA JUDICAL