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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 24517
Sanitat S notificació de resolució de l'expedient 180/11-S
Por no haberse podido realizar la preceptiva notificación al siguiente titular: Sr. Antoni Marc Llodrá Llinás, el domicilio que consta en el expediente 180/11-S, no haber contestado a los avisos dejados, y/o no tener conocimiento de otro donde realizarlas, por el presente Edicto se comunica que en relación al expediente que se tramita en el Servicio de Sanidad y Medio Ambiente como consecuencia de anomalías sanitarias ubicadas en una calle de esta Ciudad; esta Alcaldía, mediante Decreto ha resuelto:
Decreto de nº. 14550 de 06 de agosto de 2012 relativo al SOLAR: ubicado en la C/ Octavi August, 5 cantonada amb Cí Torre Redona (ref. cad: 059675.09), de Palma- Exp. 180/11 – S.
1.- Ordenar a Francisco Ramallo Massanet, con NIF; a Ana Pellicer Llabrés, con NIF 41165262T; a Inés Llodrá Llinás, con NIF 41352451S; a Isabel Llodrá Llinás, amb NIF 4126367W; a Angelika Neudscher, con NIE X0552602G; a Jaime Llodrá Neudscher, con NIF 18224537G; Antoni Marc Llodrá Neudscher, con NIF 18224539Y; Margarita Llodrá Neudscher, con NIF 18224538M, como titulares del solar ubicado en la C/Octavi August, 5 esquina con Camí Torre Redona (ref. catastral 059675.09), de esta Ciudad, que en el plazo de quince días contados a partir de la recepción de la notificación del presente Decreto, procedan a realizar su limpieza, saneamiento y desratización, por tal de eliminar las anomalías sanitarias comprobadas, así como mantenerlo en todo momento con las debidas condiciones higiénico-sanitarias por tal de evitar las anomalías sanitarias, que como las denunciadas pudieran originarse.
2.- Apercibir a Francisco Ramallo Massanet, Ana Pellicer Llabrés, Inés Llodrá Llinás, Isabel Llodrá Llinás, Angelika Neudscher, Jaime Llodrá Neudscher, Antoni Marc Llodrá Neudscher y Margarita Llodrá Neudscher, en caso de que incumplan lo que se les ha ordenado en el plazo señalado, de la ejecución subsidiaria por parte de este Excmo. Ayuntamiento, siendo los gastos a cargo de los denunciados y siendo responsables de los daños y perjuicios que puedan originarse.
3.- Comunicar por escrito a este Ayuntamiento la fecha de de subsanación de las deficiencias observadas, al objeto de efectuar la oportuna comprobación.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa cabe interponer con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en la articulo 116 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común según la redacción dada al mismo por la Ley 4/99, de 13 de enero, el plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación no pudiendo en este caso interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo deberá presentarlo en el Registro General de este Ayuntamiento o en las Dependencias a que se refiere el artículo 38-4º, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificada la resolución, en el termino de un mes, a contar del día siguiente a su interposición, quedando en este caso expedita la vía contencioso-administrativa.
De no utilizar el recurso potestativo de reposición, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo anteriormente citado, y a los artículos 45 y siguientes de la ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.
Palma, a 18 / diciembre / 2012.
LA JEFE DE DEPARTAMENTO
Rosa Llinás Bosch