Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 24922
Resolución del Consejero de Educación, Cultura y Universidades de 14 de diciembre de 2012 por la que se autoriza el cambio de denominación específica del CEIP Sa Quintana, de Sineu
Hechos
1. La Resolución del Consejero de Educación y Cultura, de 5 de febrero de 2003 (BOIB del 13 de febrero) autorizó la siguiente configuración: 3 unidades de Educación Infantil de segundo ciclo y 6 unidades de Educación Primaria.
2. El 2 de mayo de 2012, (NRE 27233/2012 de 9 de mayo) el Sr. Arnau Mateu Gelabert, como Director del CEIP Sa Quintana, remite la documentación para el cambio de la denominación específica del centro de Educación Infantil y Primaria mencionado por la de CEIP Rodamilans.
3. El 2 de mayo de 2012, la Sra. Margarita Font Gelabert y el Sr. José Oliver Amengual, (NRS 28/2012 de 2 de mayo), certifican como Secretaría y Alcalde respectivamente del Ayuntamiento de Sineu, que en la sesión extraordinaria del Pleno del Ayuntamiento celebrado el 25 de octubre de 2011, se aprobó por unanimidad el cambio de nombre, y envían a esta Dirección General el acuerdo en que se aprueba el cambio de la denominación específica del centro y la documentación correspondiente.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 13 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), Reguladora del Derecho a la Educación.
2. El artículo 111 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación.
3. Los artículos 1 y 3 del Decreto 119/2002, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas públicas de educación infantil, de los colegios públicos de educación primaria y de los colegios públicos de educación infantil y primaria.
4. El artículo 36.2 del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares, aprobado por la Ley Orgánica 2/1983, de 25 de enero, y reformado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, establece que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión y los diferentes niveles, grados, modalidades y especialidades.
Por ello, y a propuesta de la Dirección General de Planificación, Inspección e Infraestructuras Educativas, dicto la siguiente
Resolución
Autorizar el cambio de la denominación específica del CEIP Sa Quintana, registrado con el código 07005532, por la de CEIP Rodamilans.
El cambio de denominación específica no afectará al régimen de funcionamiento del centro.
Notificar este cambio a la dirección del CEIP Sa Quintana, para que sea de su conocimiento a los efectos adecuados.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 14 de diciembre de 2012
El consejero de Educación Cultura y Universidades
Rafael Àngel Bosch i Sans