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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL

Núm. 24176
Revisión de oficio de la ayuda económica regulada al programa de recalificación profesional

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

Visto el expediente de subvención de la ayuda económica regulada en el programa de recualificación

profesional de D/Dª SARA SALMERÓN CRESPÍ con DNI/NIE 43143623Q, y en base a los siguientes

 

HECHOS, que se deducen de la documentación que obra en el expediente:

 

Primero: A D/Dª SARA SALMERÓN CRESPÍ con DNI/NIE 43143623Q se le reconoció mediante

resolución de fecha 18/07/2011 la ayuda económica de acompañamiento por la participación en el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo (PREPARA), establecida en el Real Decreto-Iey 1/2011, de 11 de febrero, prorrogada por Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto y desarrollada por Resoluciones del Servicio Público de Empleo Estatal( SEPE) de 15 de febrero 2011, 30 de agosto de 2011 y 15 de febrero de 2012, por un periodo de seis meses por un importe máximo de 2.396,28 euros.

 

Segundo: Los Servicios de Empleo de la Comunidad Autónoma de IIles Balears (SOIB), proceden a la mecanización del Itinerario Personalizado de Inserción en la aplicación SISPE provocando una suspensión del itinerario y por consiguiente del pago de la subvención.

 

Tercero: El beneficiario comunica mediante escrito de fecha de entrada 26/03/12 en la Oficina del SOIB,  que no ha cobrado las nóminas de julio, agosto y septiembre y sólo 20 días de octubre, solicitando la revisión del expediente.

 

Cuarto: El SOIB emite informe con fecha 27/04/2012 confirmando la participación de D/Dª SARA

SALMERÓN CRESPÍ en un itinerario individualizado de inserción, del que fue baja 26/03/2012 ya terminado el periodo subvencionado.

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I-El Director Provincial por delegación del Director General del Servicio Público de Empleo Estatal es

competente para resolver el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo octavo.2 de las mencionadas Resoluciones de 15 de febrero de 2011, 30 de agosto de 2011 y 15 de febrero de 2012.

II-La posibilidad de efectuar la presente revisión de oficio se fundamenta en el arto 105.2 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común que establece que: "Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".

En virtud de los, hechos, fundamentos de derecho señalados y demás de general aplicación, esta Dirección Provincial en uso de las facultades conferidas,

 

ACUERDA

Declarar el derecho de D/Dª SARA SALMERÓN CRESPÍ con DNI/NIE 43143623Q, a la percepción de la ayuda económica de acompañamiento desde la fecha 01/07/11 hasta ,10/10/2011, dejada de percibir. Lo que supone el pago de 1331,27€, que serán abonados al beneficiario en la cuenta bancaria que consta en la solicitud de la ayuda.

 

NOTIFIQUESE

la presente resolución al interesado/a. en la forma establecida en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la advertencia de que contra la misma, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer, a través de su Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal, recurso de alzada ante la Sra. Ministra de Empleo y Seguridad Social en el plazo de un mes, a partír del día siguiente al de su notificación, según lo establecido en los artículos 114 y 115 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

 

Palma de Mallorca a ,29 de agosto de 2012

 

La Directora Provincial

Sonia Barranco Alvarez