Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 24103
Requerimiento retirada vehículo
Intentada sin efecto la notificación por correo certificado con acuse de recibo, o no habiéndose podido efectuar po ignorarse el domicilio o no haberse encontrado en el mismo a los interesados que se relacionan, se procede, en cumplimiento de lo que establece el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, a la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares,así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Palma del siguiente requerimiento:
“De acuerdo con lo que establece la Ley 11/99, que modifica el Real decreto Legislativo 339/90, de 2 de marzo, modificado por la Ley 5/97, de 24 de marzo, en aquello que hace referencia a la determinación del estado de abandono de los vehículos, se establece que se presumirá racionalmente su abandono en el siguiente caso: cuando permanezca estacionado por un periodo superior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matriculación.
Resultando que en base a lo establecido en el art. 3.b) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, se entiende que el vehículo abandonado es un residuo sólido urbano, otorgando el art. 49.3, de la misma Ley, competencias a las entidades locales para la gestión de éstos.
Considerando que dichos vehículos se encuentran en el supuesto anteriormente mencionado, el Regidor Delegado de Mantenimiento de Servicios, comunica :
1.- El tratamiento como residuo sólido urbano de los vehículos que a continuación se relacionan.
2.- Notificar el requerimiento a los titulares de los vehículos, de los cuales sean conocidas los datos, otorgando a los titulares de los mismos, basándose con lo establecido en el art. 53.3 de la Ley 22/2011 de residuos, un plazo de 48 horas desde la fecha de recepción de la notificación, para que pueda aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones crea convenientes.
3.- Considerar abandonados y no identificados a los vehículos contenidos en la siguiente relación sin matrícula o que no figuren en el registro central de vehículos de la Jefatura provincial de tráfico y, por lo tanto, residuo sólido urbano.
Si no estáis de acuerdo con el contenido de este escrito disponéis de un plazo de 15 días, contando desde el día siguiente a la recepción de esta notificación , para alegar todo aquello que consideráis conveniente para vuestra defensa y para proponer las pruebas que creais oportunas.
Si en el plazo de 48 horas no procedéis a la retirada o no recibimos noticias vuestras, de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/99, de 21 d´abril, de modificación de la Ley reguladora de las bases de régimen local, y otras medidas para el desarrollo local en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, en su art.2, se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano, iniciándose el correspondiente expediente sancionador en base al art.46.4.b de la Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados, con sanción de multa hasta 900 euros.
Las alegaciones tienen que presentarse al Registro General del Ayuntamiento, dirigidos a la Alcaldía e indicando sus datos personales, domicilio, fecha y matrícula del vehículo.
Todo esto sin perjuicio de las deudas que se hayan generado con la Hacienda Municipal o de otros organismos oficiales a los cuales tendrá que hacer frente el titular del vehículo.”
Matrícula |
Marca/Model/Color |
Titulars Vehícles |
IB3129DL |
Citroen Xsara Picasso |
Ian Scr |
Cosa que se hace pública para su conocimiento y efectos.
Alaró, 4 de diciembre de 2012
El Secretario,
Jaume Nadal Bestard