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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

Núm. 24079
Aprobación prorroga convenio de colaboración entre el Consell Insular de Menorca y los Ayuntamientos de la isla para la prestación del Servicio Insular de Seguridad y Salud Laboral

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Texto

 Expedient número:1831/2011

Se hace público que por resolución de alcaldía de fecha 5 de noviembre de 2012, se ha resuelto:

Considerando que el convenio de colaboración subscrito entre el Consell Insular de Menorca y los Ayuntamientos de la Isla para la prestación del servicio insular de seguridad y salud laboral de la administración local de la Isla de Menorca finaliza su vigencia en fecha 31 de diciembre de 2012 y que al pacto 14è del mismo se establece que “La vigencia de este convenio empezará el 1 de enero de 2010 y acabará el 31 de diciembre de 2012. Puede ser prorrogado, con carácter previo a su finalización, mediante acuerdo al respeto por parte del órgano competente de cada una de las administraciones firmantes de este convenio”.

Visto que al comité insular que se llevó a cabo en fecha 18 de mayo en Ciutadella de Menorca se acordó de hacer la petición, a todas las corporaciones que integran el Servicio Insular de Seguridad y Salud Laboral de la administración local de la Isla de Menorca, entre otros aspectos, de enmiendas, aportaciones de mejora o visto bueno por la prórroga del convenio de referencia.


Visto que los delegados de prevención del Ayuntamiento de Alaior dieron el visto bueno a la prórroga del convenio, según consta al acta de la reunión que se llevó a cabo en fecha 15 de junio de 2012 y visto que por parte del Ayuntamiento se dio también el visto bueno a la formalización de esta prórroga.

Visto que el objeto del convenio que se prorroga es regular la colaboración entre el Consell Insular de Menorca y los Ayuntamientos de la Isla para la gestión del SISSL, de acuerdo con el establecido al artículo 21 del RSPRL al tratarse de entidades que pertenecen a un mismo sector prooducitiu y que desarrollan sus actividades en una área geográfica claramente limitada por el hecho insular.
 

Visto que el coste aproximado de la aportación del Ayuntamiento de Alaior para el ejercicio 2013 es de 9917,08 € y visto el informe de intervención que consta incorporado al expediente y que dispone:

“PRIMERO. Se propone la aprobación de una prorroga de un año del convenio para la prestación del servicio insular de seguridad y salud laboral, en vigor desde el año 2010. La prorroga supone ampliar la vigencia del convenio desde el día 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre del mismo año.

SEGUNDO. El importe estimado por esta prorroga es de 9917,08 euros, el cual se tendrá que reconocer con cargo a crédito del presupuesto 2013. En las bases de ejecución del presupuesto (base 27) se establece que en los casos en que se tramite el expediente de gasto en el ejercicio inmediatamente anterior en el que tenga que empezar la ejecución del gasto, se sustituirá el certificado de existencia de crédito por el informe de intervención en que se haga constar que normalmente existe crédito adecuado y suficiente en los presupuestos, o bien que está previsto el crédito en el proyecto de presupuestos.

En este aspecto informo que existe normalmente crédito adecuado y suficiente en los presupuestos del Ayuntamiento para hacer frente a este gasto en la partida 9200-2270600.

TERCERO. En todo caso esta prorroga quedará subordinada a la efectiva existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del ejercicio 2013.

De acuerdo con esto INFORME FAVORABLEMENTE la prorroga del convenio.”

Examinada la documentación del expediente, es por el que

RESUELVO

Primero. Aprobar la prórroga del Convenio de colaboración entre el Consell Insular de Menorca y los Ayuntamientos de la Isla para la prestación del Servicio Insular de Seguridad y Salud laboral de la Administración Local de Menorca (SISSL) hasta el día 31 de diciembre de 2013.

Reconocer con cargo a crédito del presupuesto 2013 la cantidad de 9917,08 euros, importe estimado de esta prórroga.

Segundo. Notificar el acuerdo de aprobación de la prórroga del Convenio, de acuerdo con el establecido en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, a las personas interesadas y citarlas para firmarlo.

Tercero. Proceder a la firma de la prórroga del convenio.

Quart. Publicar el texto íntegro de la prórroga del convenio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con el artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Quinto. Incorporar el convenio al Libro de convenios del Ayuntamiento de Alaior.”

 

Alaior, 3 de diciembre de 2012

 

La alcaldesa

Misericordia Sugrañes Barenys