Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 24064
Servicio de Mercados. Acuerdo Pleno Ayuntamiento de 29/11/2012 aprobación tarifas mercapalma 2013
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria de 29/11/2012 acordó lo siguiente:
«El Servicio de Mercado Central de Frutas y Hortalizas, prestado por el Ayuntamiento de Palma en régimen de empresa mixta, a través de la entidad Mercados Centrales de Abastecimiento de Palma de Mallorca S.A. (MERCAPALMA S.A, con CIF A07021751), determina la aplicación de las correspondientes tarifas, que son las que resultan aprobadas para la Corporación municipal, de acuerdo con las previsiones contenidas en el vigente Reglamento de prestación del Servicio de la Unidad Alimenticia MERCAPALMA (aprobado definitivamente mediante acuerdo plenario de fecha 24-06-04, publicado en el BOIB nº. 163 de fecha 18-11-04), previendo el artículo 32 la revisión y actualización de dichas tarifas con carácter ordinario, periódicamente.
En fecha 30-10-2012 el Director Gerente de MERCAPALMA S.A, ha presentado al Registro General de la Corporación una solicitud de aprobación de una revisión tarifaria para el ejercicio 2013 con respecto a los conceptos de "Puestosde frutas y hortalizas" y "Entrada de vehículos". La tarifa en concepto de “Báscula” se mantendrá igual. Se adjunta al efecto certificación de la aprobación inicial de las nuevas tarifas por el Consejo de Administración de MERCAPALMA S.A. en sesión de fecha 26-10-12, así como un estudio económico justificativo al respecto.
Por lo que hace específicamente al concepto "Puestos de frutas y hortalizas", se indica en la documentación presentada la necesidad de ajustar la tarifa de 454,25 euros//mes, vigente para 2012, al dato oficial de variación anual del IPC 2012, una vez conocida definitivamente la misma a la finalización del ejercicio, más el 50% del dato oficial de variación anual del IPC 2010.
Cabe recordar que, a instancia de los mayoristas de frutas y productos hortícolas (acuerdo de MERCAPALMA con la patronal de fecha 1-04-11 en relación con el acuerdo de fecha 18-05-00), estas tarifas para 2011 no variaron; y que para 2012 se ajustaron a la variación del IPC durante 2011 más un primer 50% de la variación IPC de 2010 (acuerdo plenario municipal de fecha 24-11-11).
Habiéndose solicitado informe a la Intervención Municipal, ésta ha informado favorablemente la propuesta de tarifas para 2013, indicando que, con las tarifas propuestas, se cubre como mínimo el coste del servicio i se asegura su total financiamiento, de acuerdo con las previsiones de los costes i de los ingresos formuladas por el Director-Gerente en su estudio económico, estimándose así que la revisión tarifaria propuesta se ajusta, des de un punto de vista económico, a las previsiones contenidas en el artículo 32 del citado Reglamento de Prestación del Servicio de la Unidad Alimentària MERCAPALMA S.A. Por lo que se refiere específicamente al concepto “Puestos de frutas y hortalizas”, el informe de la Intervención Municipal indica que, partiendo de la tarifa vigente para 2012 de 454,25 euros/puesto/mes, la tarifa por dicho concepto para 2013 se determinará cuando se cifre oficialmente por el INE el porcentaje de variación interanual del IPC de diciembre 2011 a diciembre 2012 a nivel nacional; variación a la cual se añadirá, de acuerdo con la propuesta elevada por MERCAPALMA, un 1,50%, correspondiendo al 50% del 3,00%, que es la cifra, determinada oficialmente por el I.N.E., de la variación interanual del IPC de diciembre 2009 a diciembre 2010. Concluye el informe que dichos concretos ajustes se sujetan a las citadas previsiones reglamentarias sobre cubrir como mínimo el coste del servicio y asegurar la total financiación.
De acuerdo con lo expuesto, el T.A.G. jefe de servicio que suscribe es de la opinión que, de conformidad con lo que se establece en el artículo 123.1, apartados k) y p), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, el artículo 32 del Reglamento de prestación del Servicio de la Unidad Alimenticia MERCAPALMA (aprobado definitivamente mediante acuerdo plenario de fecha 24-06-04, publicado en el BOIB nº. 163 de fecha 18-11-04), y otra normativa concordante de aplicación, y a instancia de la Ilma. Sra. Regidora del Àrea delegada de Sanidad y Consumo, a quien está adscrita la empresa mixta MERCAPALMA SA de acuerdo con el Decreto de Alcaldía nº. 5309 de fecha 26-03-2012, de fecha 26-03-12, que refunde los decretos de organización de los servicios administrativos de esta Corporación, por parte del Pleno del Ayuntamiento se podría adoptar el siguiente
A C U E R D O
PRIMERO. - Aprobar las tarifas para el ejercicio 2013 correspondientes al servicio de Mercado Central de Frutas y Hortalizas prestado por la empresa mixta Mercados Centrales de Abastecimiento de Palma de Mallorca S.A. (MERCAPALMA S.A.), en base a la solicitud de revisión, aportando el pertinente estudio económico justificativo, presentada por su Director-Gerente, previo acuerdo de fecha 26-10-2012 adoptado al efecto por el Consejo de Administración de la entidad, vistas las previsiones contenidas en el artículo 32 del vigente Reglamento de prestación del Servicio de la Unidad Alimenticia MERCAPALMA.
Dicha revisión tendrá efecto a partir del 1 de enero de 2013.
El detalle de la revisión tarifaria aprobada es el siguiente:
TARIFA |
Tarifas 2012 |
Tarifas 2013 |
Puestos frutas y hortalizas |
454,25 €/puesto/mes |
IPC real 2012 más el 50% del IPC 2010 |
Báscula
Entrada |
1,15 €/pesada
0,15/1,00/1,05/1,50/2,60/3,50/4,25 €/ vehículo según tonelaje (IVA incluido) |
1,15 €/pesada
0,15/1,05/1,10/1,55/2,75/3,70/ 4,45 €/ vehículo según tonelaje (IVA incluido) |
Por lo que se refiere específicamente al concepto "Puestos de frutas y hortalizas", y partiendo de la tarifa vigente para 2012 de 454,25 euros//mes, la tarifa por dicho concepto para 2013 se determinará definitivamente cuando se cifre oficialmente por el Instituto Nacional de Estadística el porcentaje de variación interanual del IPC de diciembre 2011 a diciembre 2012 a nivel nacional; y a dicha variación se añadirá el 1,50% en concepto del 50% de la cifra de variación interanual del IPC de diciembre 2009 a diciembre 2010. Estos ajustes tendrán efecto desde el 1 de enero de 2013.
SEGUNDO. - Remitir al BOIB el presente acuerdo para su publicación y aplicación a partir del 1 de enero de 2013.»
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción de la Ley 4/99, de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir esta notificación.
En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo se tendrá que presentar al Registro General de este Ayuntamiento o a las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya sido resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo antes mencionado y los 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears, en el plazo de dos meses contados de del día siguiente de recibir esta notificación, todo eso sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.
Palma, 4 de diciembre de 2012
La Jefa del Departamento de Medio Ambiente, Sanidad i Consumo
p.d. Decreto de Alcaldia 22906/2011 (BOIB 187 de 15/12/2011)
Rosa Llinàs Bosch