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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SES SALINES

Núm. 24324
Aprobación definitiva modificación tipo de gravamen ordenanza fiscal núm.5 reguladora de IBI rústica

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Texto

No habiendo presentado los interesados, durante el plazo de exposición al público, ninguna reclamación contra el Acuerdo de aprobación inicial de la modificación del tipo de gravamen y la supresión del punto 3 de la ordenanza fiscal núm. 5 reguladora de IBI rústica adoptado en sesión extraordinaria urgente celebrada el día 31 de octubre de 2012, este acuerdo ha resultado definitivamente aprobado.

A continuación se publica el texto de la modificación de la Ordenanza:

“ ARTÍCULO 2.-

El tipo de gramen del impuesto sobre Bienes Inmuebles, aplicable a los bienes de naturaleza rústica queda fijado en el 0,600 % de la base imponible, que de acuerdo con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 39/88 estará constituida por el valor de los Bienes Inmuebles.”

 

Ses Salines, 14 de diciembre de 2012.

La Alcaldesa

Maria Bonet Rigo