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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 24084
Sanidad aprovación tarifas EMAYA

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Texto

MEDIO AMBIENTE: APROBACIÓN TARIFAS EMPRESA MUNICIPAL AGUAS Y ALCANTARILLADO EMAYA PARA EL AÑO 2013

El Excmo. Ayuntamiento en sesión celebrada el día 29 de noviembre de 2012 acordó aprobar las siguientes tarifas de Emaya, Empresa Municipal de aguas y alcantarillado S.A., para el año 2013, aprobadas por el Consejo de administración de fecha 7 de noviembre de 2012:

 

TARIFAS DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO

A) Abonados del Servicio de Agua Potable por la disponibilidad del Servicio de Alcantarillado Sanitario.

 

1) Cuota de servicio (en EUR/mes)

1.1.-.Por vivienda particular

1.1.1. Por vivienda particular: 0,8953 EUR/mes

 

1.2.- Por plaza de hostelería:

1.2.1.Por plaza en hotel de 4 a 5 estrellas o apartamento turístico de 4 o 5 llaves: 1,0744 EUR/mes

1.2.2.Por plaza en Hotel de 3 estrellas o apartamento turístico de 3 llaves: 0,7162 EUR/mes

1.2.3.Por plaza en el resto de establecimientos: 0,4477 EUR/mes

 

1.3.- Oficinas, locales comerciales, industrias y otros usuarios con contador de calibre inferior a 25 mm.

1.3.1.Por abonado con contador de calibre igual o inferior a 15 mm: 2,0144 EUR/mes

1.3.2.Por abonado con contador de calibre igual a 20 mm: 3,5812 EUR/mes

 

1.4. Oficinas, locales comerciales, industrias y otros usuarios con contador de calibre igual o superior a 25 mm. de diámetro

1.4.1.Contador de calibre igual a 25 mm: 53,7180 EUR/mes

1.4.2.Contador de calibre igual a 30 mm: 80,5770 EUR/mes

1.4.3.Contador de calibre igual a 40 mm: 143,2480 EUR/mes

1.4.4.Contador de calibre igual a 50 mm: 268,5900 EUR/mes

1.4.5.Contador de calibre igual a 80 mm: 716,2400 EUR/mes

1.4.6.Contador de calibre igual a 100 mm: 1.074,3600 EUR/mes

1.4.7.Contador de calibre igual a 200 mm: 3.760,2600 EUR/mes

1.4.8.Contador de calibre igual a 250 mm: 5.550,8600 EUR/mes

 

2) Cuota de Consumo

2.1. Tarifa industrial, aplicable a los usuarios excluidos de la progresividad excepto a los usuarios sujetos a la tarifa 2.2: 0,2915 EUR/m3

 

2.2. Tarifa familias numerosas: 0,2682 EUR/mes

 

2.3. Tarifa progresiva, aplicable al resto de consumos.

2.3.1.Consumos inferiores a 5 m3/mes x unidad equivalente: 0,1836 EUR/m3

2.3.2.Consumo comprendido entre 6 i 10 m3/mes x unidad equivalente: 0,2640 EUR/m3

2.3.3.Consumo comprendido entre 11 i 20 m3/mes x unidad equivalente: 0,4327 EUR/m3

2.3.4.Consumo comprendido entre 21 i 40 m3/mes x unidad equivalente: 0,9207 EUR/m3

2.3.5 Consumo comprendido entre 41 i 60 m3/mes x unidad equivalente: 1,6644 EUR/m3

2.3.6.Consumo superior a 60 m3/mes x unidad equivalente: 2,5816 EUR/m3

El consumo registrado se dividirá en les secciones que correspondan y se aplicará a cada sección el precio pertinente según la escala prevista en la Tarifa Progresiva.

Los abonados residentes en viviendas dotadas de contador individual en las cuales viva una familia numerosa podrán solicitar que se les aplique la tarifa específica de este colectivo.

Quedan excluidos de la aplicación de la Tarifa Progresiva, i por tanto sujetos exclusivamente a la tarifa industrial los consumos registrados en:

· Industrias

· Oficinas administrativas públicas y privadas.

· Comercios

· Servicios, excepto establecimientos hoteleros

· Locales dedicados a actividades profesionales

· Usos comunitarios en comunidades de propietarios

 

3) Unidad equivalente

 

Se establecen les unidades equivalentes siguientes para los diferentes tipos de consumidores:

 

3.1.Consumo domestico: 1 vivienda es igual a 1 unidad equiv.

3.2. Consumo en establecimientos hoteleros

3.2.1. De 4 o 5 estrelles o llaves. Cada plaza es igual a 1,2 u.e.

3.2.2. De 3 estrelles o llaves. Cada plaza es igual a 0,8 u.e

3.2.3. Resto de establecimientos. Cada plaza es igual a 0,5 u.e

4) Bonificaciones

Se bonificará el 80% de los consumos hasta 10 m3/mes de las viviendas particulares usuarias del servicio, siempre y cuando el conjunto de personas que conviven en el domicilio de referencia dispongan de un nivel de ingresos anual igual o inferior al salario mínimo interprofesional anual multiplicado por el coeficiente 1,25.

A los efectos de la aplicación de la bonificación citada, cuando en un domicilio se reúna más de un ingreso, el más elevado se computará por su valor íntegro y los restantes por el cincuenta por ciento de su valor.

B) Usuarios del Servicio de Alcantarillado Sanitario con vertidos de agua residual independientes del abastecimiento de agua potable.

Por metro cúbico de agua residual vertida a la red de alcantarillado (tarifa media): 0,3847 EUR/m3

C) Vertidos de agua residual efectuados por camiones cisterna directamente en las estaciones depuradoras.

Camiones de 5 m3 o menos ................. .13,79 euros

Camiones de más de 5 m3 hasta10 m3 ....27,16euros

Camiones de más de 10 m3 .................. 40,42 euros

 

TARIFAS LABORATORIO

TABLA DE PRECIOS. PARÁMETROS AGUA BLANCA

A. Parámetros Microbiológicos

PARÁM.

DESCRIPCIÓN

PRECIO

MÉTODO

1

 Escherichia Coli Identificación y Recuento

9,36

Filtrado Membrana. Incubación. Confirmación.

2

Enterococo

9,36

 Filtrado Membrana. Incubación. Confirmación.

3

Clostridium Perfringens

9,36

Filtrado Membrana. Incubación. Confirmación.

B.1 Parámetros Químicos

PARÁM.

 DESCRIPCIÓN

PRECIO

MÉTODO

4

Antimonio

23,42

Absorción Atómica

5

Arsénico

23,42

Absorción Atómica

6

Benceno

61,29

Cromatografía Gaseosa

7

Benzo(a)pireno

61,18

Cromatografía Líquida

8

Boro

7,51

Espectrofotometría de Absorción. Curcumina

9

Bromato

35,66

 Cromatografía Iónica

10

Cadmio

14,06

Absorción Atómica

11

Cianuros

7,51

Espectrofotometría de Absorción

12

Cobre

14,06

Absorción Atómica

13

Cromo

14,06

Absorción Atómica

14

1,2-Dicloroetano

61,29

Cromatografía Gaseosa

15

Fluoruro

24,15

Potenciometría

15

Fluoruro

11,32

Cromatografía Iónica

16

Hidrocarburos Policíclicos Aromáticos

83,00

 Cromatografía Líquida

17

Mercurio

23,42

Absorción Atómica

18

Microcistina

181,44

Bioinmunoensayo

19

Niquel

14,06

Absorción Atómica

20

Nitratos

14,06

Espectrofotometría de Absorción UV

20

Nitratos

14,06

Reducción. Espectrofotometría

20

Nitratos

11,32

Cromatografía Iónica

21

Nitritos

7,51

Espectrofotometría de Absorción.

21

Nitritos

11,32

Cromatografía Iónica

22

Plaguicidas y Similares (Total plaguicidas)

340,45

Cromatografía Gaseosa

23

Plaguicidas individuales

53,40

Cromatografía Gaseosa

24

Plomo

14,06

Absorción Atómica

25

Selenio

23,42

Absorción Atómica

26

Trihalometanos

80,11

Cromatografía Gaseosa

27

Tricloroeteno+Tetracloroeteno

68,71

Cromatografía Gaseosa

B.2 Parámetros Químicos que se controlan según las especificaciones del producto

PARÁM.

 DESCRIPCIÓN

PRECIO

MÉTODO

28

Acrilamida

318,26

Cromatografía Gaseosa

29

Epiclorhidrina

318,26

Cromatografía Gaseosa

30

Cloruro de Vinilo

151,30

Cromatografía Gaseosa

C. Parámetros Indicadores

PARÁM.

DESCRIPCIÓN

PRECIO

MÉTODO

31

Coliformes Totales

3,64

Filtrado Membrana. Incubación.

32

Recuento Gérmenes Tot. (Aerobias) 22ºC

3,64

Filtrado Membrana. Incubación.

33

Aluminio

13,66

Absorción Atómica

34

Amonio

7,28

Espectrofotometría de Absorción.

35

Carbono Orgánico Total (TOC)

31,33

Digestión. Espectrofotometría UV

36

Cloro combinado residual

7,28

Espectrofotometría de Absorción

37

Cloro libre residual

7,28

Espectrofotometría de Absorción

38

Cloruros

7,28

Titrimetría. Método de Mohr

38

Cloruros

10,98

Cromatografía Iónica

39

Color

3,64

Fotométrico Calibrado Escala Pt/Co

40

Conductividad

 3,64

Electrometría

41

Hierro

13,66

Absorción Atómica

42

Manganeso

13,66

Absorción Atómica

43

Olor

1,83

Disoluciones sucesivas 12 ó 25 ºC

44

Oxidabilidad (KMnO4)

9,09

KMnO4 ebullición en medio ácido

45

Concentración H+

3,64

Electrometría

46

Sabor

1,83

Disoluciones sucesivas 12 ó 25 ºC

47

Sodio

13,66

Absorción Atómica

47

Sodio

13,66

Fotometría de llama

47

Sodio

10,98

Cromatografía Iónica

48

Sulfatos

7,28

Turbidimetría

48

Sulfatos

10,98

Cromatografía Iónica

49

Turbidez

7,28

Medida Nefelométrica

D. Radiactividad

PARÁM.

DESCRIPCIÓN

PRECIO

MÉTODO

50

Dosis indicativa total

---

 

51

Tritio

 ---

 

52

Radiactividad Alfa Global

78,69

Contador proporcional bajo fondo

53

Radiactividad Beta Global

78,69

Contador proporcional bajo fondo

TABLA DE PRECIOS. PARÁMETROS AGUA RESIDUAL

Requerimientos Físico-Químicos para Reutilización en Regadío

PARÁM.

DESCRIPCIÓN

PRECIO

MÉTODO

R1

DBO5

22,71

Incubación a 20ºC, Oscuridad e Inhibidor Nitrificación (*)

R2

DQO

22,72

Dicromato Potásico (*)

R3

Sólidos Suspendidos

7,28

Filtración ó Centrifugación. Secado a 105ºC. Pesada (*)

R4

Sólidos Volatíles

10,92

Filtración. Secado a 105ºC. Incineración 550ºC. Pesada

Requerimientos Sanitarios para Reutilización en Regadío

PARÁM.

DESCRIPCIÓN

PRECIO

MÉTODO

R5

Coliformes Fecales

3,63

Filtrado sobre Membrana. Incubación Medio Específico

R6

Nemátodos

25,44

 Concentración Muestra. Identificación Microscópica

R94

Escherichia Coli Identificación y Recuento

9,08

Filtrado sobre Membrana. Incubación Medio Específico

Requerimientos Especiales para Zonas Sensibles

PARÁM.

DESCRIPCIÓN

PRECIO

MÉTODO

R7

Nitrógeno Total

13,65

Espectrofotometría de Absorción Molecular (*)

R8

Fósforo Total

13,65

Espectrofotometría de Absorción Molecular (*)

Parámetros Complementarios

PARÁM.

DESCRIPCIÓN

PRECIO

MÉTODO

R9

Turbidez

7,28

Medida Nefelométrica

R10

Temperatura

1,83

Termometría

R11

Concentración H+

3,63

Electrometría

R12

Conductividad

3,63

Electrometría

R13

Cloruros

7,28

Titrimetría. Método de Mohr

R14

Sulfatos

7,28

Gravimetría

R15

Calcio

13,65

Absorción Atómica

R15

Calcio

7,28

Complexometría

R16

Magnesio

13,65

Absorción Atómica

R16

Magnesio

7,28

Complexometría

R17

Sodio

13,65

Absorción Atómica

R17

Sodio

13,65

Fotometría de llama

R18

Potasio

13,65

Absorción Atómica

R18

Potasio

13,65

Fotometría de llama

R19

Dureza Total

7,28

Complexometría

R20

Residuo Seco

7,28

Desecado 110 ºC, pesada.

R21

Oxígeno Disuelto

7,28

Método Electrodo Específico

R22

Anhídrido Carbónico Libre

7,28

Acidimetría

R23

Nitratos

7,28

Espectrofotometría de Absorción Ultravioleta-Visible

R24

Nitritos

7,28

Espectrofotometría de Absorción. Zambelli

R25

Amonio

7,28

Espectrofotometría de Absorción. Azul de Indofenol

R26

Nitrógeno Inorgánico

13,65

Espectrofotometría de Absorción

R27

Nitrógeno Kjeldahl

13,65

Oxidación. Titrimetría/Espectrofotometría Absorción

R28

Carbono Orgánico Total (TOC)

31,31

Digestión. Espectrofotometría UV

R29

Fosfatos (P Soluble)

7,28

Espectrofotometría de Absorción

R30

Carbonatos

7,28

Acidimetría

R31

Bicarbonatos

7,28

Acidimetría

R32

Hidróxidos

7,28

Acidimetría

(*) Método Oficial según Decreto 13/1992 por el que se regula los vertidos líquidos procedentes de plantas de tratamiento de aguas residuales urbanas (BOCAIB nº29, 07.03.92)

Parámetros Especiales

PARÁM.

DESCRIPCIÓN

PRECIO

MÉTODO

R37

Boro

7,28

Espectrofotometría de Absorción. Curcumina

R38

Hierro

13,65

Absorción Atómica

R39

Manganeso

13,65

Absorción Atómica

R40

Cobre

13,65

Absorción Atómica

R41

Zinc

13,65

Absorción Atómica

R42

Fluoruros

23,42

Potenciometría

R43

Cobalto

13,65

Absorción Atómica

R44

Bario

13,65

ICP

R45

Plata

13,65

Absorción Atómica

R46

Arsénico

13,65

Absorción Atómica

R47

Cadmio

13,65

Absorción Atómica

R48

Cianuros

7,28

Espectrofotometría de Absorción

R49

Cromo

13,65

Absorción Atómica

R50

Mercurio

22,72

Absorción Atómica

R51

Niquel

13,65

Absorción Atómica

R52

Plomo

13,65

Absorción Atómica

R53

Antimonio

22,72

Absorción Atómica

R54

Selenio

22,72

Absorción Atómica

R55

Clorofila A

12,71

Extracción. Espectrofotometría de Absorción

R56

Clorofila B

12,71

Extracción. Espectrofotometría de Absorción

R57

Clorofila C

12,71

Extracción. Espectrofotometría de Absorción

R58

Cloro Residual

7,28

Espectrofotometría de Absorción

(*) Método Oficial según Decreto 13/1992 por el que se regula los vertidos líquidos procedentes de plantas de tratamiento de aguas residuales urbanas (BOCAIB nº29, 07.03.92)

Parámetros Proceso Depuración

PARÁM.

DESCRIPCIÓN

PRECIO

MÉTODO

R59

DBO5

22,72

Incubación a 20ºC, Oscuridad e Inhibidor Nitrificación (*)

R60

DQO

22,72

Dicromato Potásico (*)

R61

Sólidos Suspendidos

7,28

Filtración ó Centrifugación. Secado a 105ºC. Pesada (*)

R62

Sólidos Volatíles

10,92

Filtración. Secado a 105ºC. Incineración 550ºC. Pesada

R63

Sólidos Totales

7,28

Secado 105ºC Volumen Conocido. Pesada

R64

Concentración H+

3,63

Electrometría

R65

Aceites y Grasas

10,92

Extracción con Éter. Pesada

R66

Acidos Volátiles

10,92

Acidimetría

R67

Alcalinidad Total

10,92

Acidimetría

R68

V30

7,28

Depósito. Medida

R69

V60

7,28

Depósito. Medida

R70

Indice Volumétrico Fangos

9,89

 ---

R71

Composición Biogas Depuración

89,27

Cromatografía Gases

Parámetros Lodos de Depuración

PARÁM.

DESCRIPCIÓN

PRECIO

MÉTODO

R72

Materia Seca

7,28

Secado 105ºC. Pesada

R73

Materia Orgánica

10,92

Secado a 105ºC. Incineración 550ºC. Pesada

R74

pH Pasta Saturada

7,28

Electrometría

R75

Nitrógeno

13,65

Digestión. Espectrofotometría de Absorción

R76

Fósforo (P2O5)

13,65

Digestión. Espectrofotometría de Absorción

R77

Potasio (K2O)

13,65

Absorción Atómica

R78

Relación C/N

22,72

C: Oxidación con Dicromato. N: Nitrógeno Total

R79

Calcio (CaO)

13,65

Absorción Atómica (**)

R80

Magnesio (MgO)

13,65

Absorción Atómica (**)

R81

Hierro

13,65

Absorción Atómica (**)

R82

Cadmio

13,65

Absorción Atómica (**)

R83

Niquel

13,65

Absorción Atómica (**)

R84

Plomo

13,65

Absorción Atómica (**)

R85

Zinc

13,65

Absorción Atómica (**)

R86

Mercurio

22,72

Absorción Atómica (**)

R87

Cromo

13,65

Absorción Atómica (**)

Parámetros Vertidos Alcantarillado

PARÁM.

DESCRIPCIÓN

PRECIO

MÉTODO

R88

DBO5

22,72

Incubación a 20ºC, Oscuridad e Inhibidor Nitrificación (*)

R89

DQO

22,72

Dicromato Potásico (*)

R90

Sólidos Suspendidos

7,28

Filtración ó Centrifugación. Secado a 105ºC. Pesada (*)

R91

Concentración H+

3,63

Electrometría

R92

Coeficiente de Corrección

 

 

(*) Método Oficial según Decreto 13/1992 por el que se regula los vertidos líquidos procedentes de plantas de tratamiento de aguas residuales urbanas (BOCAIB nº29, 07.03.92)

(**) Método Oficial de Referencia según Real Decreto 1310/1990 por el que se regula la utilización de los lodos de depuración en el sector agrario (BOE nº262, 01.10.90)

 

TABLA DE PRECIOS. PARÁMETROS COMPLEMENTARIOS

Parámetros Complementarios

PARÁM.

DESCRIPCIÓN

PRECIO

MÉTODO

C1

Temperatura

0,90

Termometría

C2

Sílice

7,28

Espectrofotometría de Absorción

C3

Calcio

13,65

Absorción Atómica

C3

Calcio

7,28

Complexometría

C3

Calcio

10,98

Cromatografía Iónica

C4

Magnesio

13,65

Absorción Atómica

C4

Magnesio

7,28

Complexometría

C4

Magnesio

10,98

Cromatografía Iónica

C5

Potasio

13,65

Absorción Atómica

C5

Potasio

13,65

Fotometría de Llama

C5

Potasio

10,98

Cromatografía Iónica

C6

Dureza Total

7,28

Complexometría

C7

Residuo Seco

7,28

Desecado 110 ºC, pesada

C8

Oxígeno Disuelto

7,28

Método Electrodo Específico

C9

Nitrógeno Kjeldahl

13,65

Oxidación. Titrimetría/Espectrofotometría Absorción

C10

Hidrógeno Sulfurado

0,00

Organoléptico

C10

Hidrógeno Sulfurado

7,28

Colorimetría

C11

Sustancias Extraibles al Cloroformo

38,66

Extracción con Cloroformo y Pesada de Residuo

C12

Hidrocarburos Disueltos o Emulsionados

68,23

Espectrofotometría de Absorción IR

C13

Agentes Tensioactivos (Reacción con Azul de Metileno)

39,60

Espectrofotometría de Absorción. Azul de Metileno

C14

Zinc

13,65

Absorción Atómica

C15

Fósforo

7,28

Espectrofotometría de Absorción

C16

Fluor

10,45

Método Electrodo Específico

C16

Fluor

10,98

Cromatografía Iónica

C17

Cobalto

13,65

Absorción Atómica

C18

Materias en Suspensión

7,28

Filtración ó Centrifugación. Secado a 105ºC. Pesada.

C19

Bario

13,65

ICP

C20

Plata

13,65

Absorción Atómica

C21

Coliformes Fecales

3,63

Filtrado sobre Membrana. Incubación Medio Específico

C22

Estreptococos Fecales

3,63

Filtrado sobre Membrana. Incubación Medio Específico

C23

Recuento Gérmenes Tot. (Aerobias) 37ºC

3,63

Filtrado sobre Membrana. Incubación Medio Específico

C24

Alcalinidad

7,28

Acidimetría con Anaranjado de Metilo

C25

Pesticidas Organoclorados

165,09

Cromatografía Gaseosa

C26

Pesticidas Organofosforados

165,09

Cromatografía Gaseosa

C27

Estroncio

13,66

Absorción Atómica Llama

C28

Bromuros

10,48

Método Electrodo Específico

C28

Bromuros

10,98

Cromatografía Iónica

C29

Aniones

36,59

Cromatografía Iónica

C30

Cationes

36,59

Cromatografía Iónica

Tratamiento de Muestras

TRATAMIENTO DE LAS MUESTRAS

PRECIO

T1 Concentración Muestra Agua

7,28

T2 Digestión Muestra Agua

13,65

T3 Digestión Muestra Lodo

22,72

T4 Conservación Muestra Parám.Especiales

18,18

 

ANÁLISIS AGUA RESIDUAL SEGÚN D. 13/1992

Análisis Influente Depuración

DBO5

22,72

DQO

22,72

Sólidos Suspendidos

7,28

Sólidos Volatíles

10,92

Total

63,64

Dto.10%

6,36

Precio

57,28

Análisis Efluente Depuración

DBO5

22,72

DQO

22,72

Sólidos Suspendido

7,28

Nitrógeno Total

13,65

Fósforo Total

13,65

Coliformes Fecales

3,63

Nemátodos

25,90

Total

109,55

Dto.10%

10,96

Precio

98,60

Análisis Agua Riego

pH

3,63

Conductividad

3,63

Cloruros

7,28

Sulfatos

7,28

Calcio

7,28

Magnesio

13,65

Sodio

13,65

Potasio

13,65

Residuo Seco

7,28

Carbonatos

 7,28

Bicarbonatos

7,28

Nitrógeno Total

13,65

Fosfatos

7,28

Total

112,82

Dto.10%

11,28

Precio

101,54

Análisis Lodos de Depuración

Materia Seca

7,28

Materia Orgánica

10,92

pH Pasta Saturada

7,28

Nitrógeno

13,65

Fósforo (P2O5)

13,65

Potasio (K2O)

13,65

Relación C/N

22,72

Calcio (CaO)

13,65

Magnesio (MgO)

13,65

Hierro

13,65

Cadmio

13,65

Niquel

13,65

Plomo

13,65

Zinc

13,65

Mercurio

22,72

Cromo

13,65

Digestión Muestra Lodo

22,72

Total

243,79

Dto.10%

24,38

Precio

219,41

 

TABLA DE PRECIOS. TOMA DE MUESTRAS

Toma de Muestras

1.-  Desplazamiento (*):                                 0,29 €/Km

2.- Horas (*):                                               

Horas Titulado Grado Superior:

35,41 €

Horas Titulado Grado Medio

28,43 €

Horas Oficial Primera

22,11 €

Horas Oficial Segunda

20,19 €

Si el muestreo obliga a desplazarse fuera de Mallorca, deben considerarse otros gastos.

1.-   Desplazamiento:              Se facturarán los gastos de pasajes y desplazamientos en destino.

2.-   Horas (*):

Horas Titulado Grado Superior:

35,40 €

Horas Titulado Grado Medio

28,43 €

Horas Oficial Primera

22,11 €

Horas Oficial Segunda

20,19 €

3.- Dietas (**) Sin son necesarias

Alojamiento

58,00 €

Manutención

41,80 €

Dieta Completa

99,81 €

Dieta Reducida

20,90 €

(*) Según Convenio Colectivo EMAYA Sección Aguas

(**) Según Decreto 20/1996 (BOCAIB nº27, 29.02.96)

 

TARIFA SERVICIO DE RECOGIDA RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS 2013

CONCEPTO 1.Por la recogida de residuos sólidos urbanos a viviendas, apartamentos turísticos, despachos de profesionales, oficinas y locales comerciales y industriales:

 

1.1.1.Viviendas particulares, apartamentos y despachos profesionales, abonados al servicio de agua potable:

 

Quota fixa men­sual:

7,2441

Cuota proporcional al consumo de agua potable mesurada Por contador, a partir de un consumo mensual superior a los 10 m3, Por m3 de agua, a partir del primer m3 consumido

0,1287

­El importe de la cuota proporcional total no será superior a 7,2441 euros mensuales

 

La cuota fija de la tarifa relativa a vivienda a que se refiere este apartado gozará de una reducción del 80% en les condiciones que se establecen al final.

 

1.1.2.Viviendas particulares, apartamentos y despachos profesionales, no abonados al servicio de agua potable

 

Cuota fija anual

93,6129

La tarifa relativa a vivienda a que se refiere este apartado gozará de una reducción del 80% en las condiciones que se establecen al final.

 

1.2.1.Oficinas, establecimientos y locales comerciales y industriales de hasta a 100 m2 de superficie

 

Al año:

156,5565

1.2.2.establecimientos y locales comprendidos en el epígrafe precedente con una superficie útil superior a los 100 m2 y en los cuales trabajen o tengan de alta en la Seguridad Social de 1 a 5 personas.

 

Al año Por metro cuadrado

0,6287

1.2.3.Los mismos en los cuales estén empleadas de seis a diez personas

 

Al año Por metro cuadrado

0,6674

1.2.4.Los mismos en los cuales estén empleadas de once a veinticinco personas.

 

Al año Por metro cuadrado

0,7641

1.2.5.Los mismos en los cuales estén empleadas más de veinticinco personas.

 

Al año Por metro cuadrado

0,8317

En ningún caso la cuantía de la cuota total a satisfacer por les oficinas, establecimientos y locales comerciales o industriales, cualquiera que sea su superficie y número de personas que trabajen, será inferior a 156,5565 euros ni superior a 3.500,1147 euros.

 

Cuando, por aplicación de lo que prevé el párrafo segundo del artículo 34 de la Ordenanza municipal de limpieza, deshechos y residuos sólidos urbanos, la recogida se haga mediante compactador de punto fijo o caja se aplicará el epígrafe 2.2.1.

 

1.3.1.Bares, cafeterías, heladerías, horchaterías, tabernas y establecimientos similares en los cuales no se sirve comida, con una superficie útil no superior a 100 m2.

 

Al año:

348,6662

1.3.2.Los mismos, cuando la superficie útil supere los 100 m2.

3,4625

En ningún caso la cuantía de la cuota total a satisfacer podrá ser superior a 3.500,1147 euros anuales, ni inferior a 348,6662 euros anuales.

 

Cuando, por aplicación de lo que prevé el párrafo segundo del artículo 34 de la Ordenanza municipal de limpieza, deshechos y residuos sólidos urbanos, la recogida se haga mediante compactador de punto fijo o caja se aplicará el epígrafe 2.2.1.

 

1.4.1.Casinos, círculos, clubs, sociedades recreativas, etc., con una superficie útil no superior a los 100 m2

 

Al año:

156,5565

1.4.2.Los mismos con una superficie útil superior a los 100 m2.

 

Al año, Por metro cuadrado

1,3637

En ningún caso la cuantía de la cuota total a satisfacer podrá ser superior a 3.500,1147 euros anuales, ni inferior a 156,5565 euros anuales.

 

Cuando, por aplicación de lo que prevé el párrafo segundo del artículo 34 de la Ordenanza municipal de limpieza, deshechos y residuos sólidos urbanos, la recogida se haga mediante compactador de punto fijo o caja se aplicará el epígrafe 2.2.1.

 

1.5.1.Centres de enseñanza

 

Al año, por plaza:

0,8317

1.5.2.Centres de enseñanza. A más de el epígrafe anterior, Por plaza de internado o media pensión

 

Al año:

3,5495

1.6.1.Cines, circos permanentes, frontones, teatros y espectáculos en locales cerrados

 

Por plaza o localidad Al año

2,2052

En ningún caso la cuantía de la cuota total a satisfacer podrá ser superior a 3.500,1147 euros anuales, ni inferior a 156,5565 euros anuales.

 

Cuando, por aplicación del que prevé el párrafo segundo de el artículo 34 de la Ordenanza municipal de limpieza, deshechos y residuos sólidos urbanos, la recogida se haga mediante compactador de punto fijo o caja se aplicará el epígrafe 2.2.1.

 

1.7.1.Clínicas, sanatorios y demás establecimientos de asistencia y hospitalización.

 

Por plaza. Al año

13,8499

Cuando, por aplicación del que prevé el párrafo segundo de el artículo 34 de la Ordenanza municipal de limpieza, deshechos y residuos sólidos urbanos, la recogida se haga mediante compactador de punto fijo o caja se aplicará el epígrafe 2.2.1.

 

1.8.1.Espectáculos deportivos (carreras de bicicletas, caballos, galgos, básquet, fútbol, tenis, toros y similares).

 

Por plaza o localidad y día de función

0,0069

1.9.1.Puestos de venta en la vía pública, ferias, mercados públicos, playas, etc.

 

Por metro cuadrado de superficie y día de ocupación. Así como hamacas y similares en playas. Por unidad y día

0,0604

1.10.1.Hoteles, residencias, hostales, pensiones, apartamentos turísticos, etc., en los cuales se facilite al público tanto el servicio de alojamiento como el de comida, con sujeción o no al régimen de pensión completa.

 

Por plaza, Al año

36,4334

1.10.2.Hoteles, residencias, apartamentos turísticos, hostales, moteles, campamentos turísticos, etc., en Los cuales no se preste el servicio de comedor.

 

Por plaza, Al año

22,3803

1.11.1.Restaurants y establecimientos en los cuales se sirve comida (cafeterías, restaurantes, cellers, barbacoas, etc).

 

Por plaza, Al año

27,7386

1.12.1.Salas de baile o de fiestas, discotecas, bingos y similares, con superficie útil de hasta a 100 m2. Al año:

520,1751

1.12.2.Los mismos con una superficie útil superior a los 100 m2. Por m2, Al año

3,5205

En ningún caso la cuantía de la cuota total a satisfacer podrá ser superior a 3.500,1147 euros anuales, ni inferior a 520,1751 euros anuales.

Cuando, por aplicación del que prevé el párrafo segundo de el artículo 34 de la Ordenanza municipal de limpieza, deshechos y residuos sólidos urbanos, la recogida se haga mediante compactador de punto fijo o caja se aplicará el epígrafe 2.2.1.

 

CONCEPTO 2. Residuos especiales

2.1.1. Cuando se lleve a término la ejecución subsidiaria prevista en el artículo 51 de la Ordenanza Municipal de limpieza, deshechos y residuos sólidos urbanos se percibirá el importe resultante de la aplicación de los siguientes conceptos:

 

Hora de jefe de sector :

*

Hora de conductor de 1ª:

*

Hora de oficial de limpieza:

*

Hora de peón especialista de limpieza:

*

Hora de barredora hasta 5 TM PMA:

94,7830

Hora de barredora de más de 5 TM PMA:

118,9624

Hora de camión cisterna:

44,9737

Hora de máquina de lava-aceras:

94,7830

Hora de equipo móvil alta presión:

62,3826

Hora de camión caja hasta 10 TM:

34,8183

Hora de camión caja hasta 20 TM:

43,5228

Hora de camión trailer hasta 40 TM:

49,8095

Hora de pala mecánica ruedas neumáticas:

57,0632

Hora de pala mecánica de cadenas

70,1202

(*) Los precios correspondientes a horas de personal se calcularán de acuerdo con el convenio del área de medio ambiente de EMAYA, vigente en el momento de prestación del servicio.

El montante calculado Por aplicación de los precios anteriores se incrementará con el 13% en concepto de gastos generales y el 6% en concepto de beneficio industrial.

2.2.1.Recogida de residuos sólidos urbanos en instalaciones o locales de cualquier tipo con unas características no recogidas en otros epígrafes o que constituyan un servicio especial con un volumen superior a los 10 m3.

Por tonelada métrica o fracción

105,4799

2.3.1.recogida de residuos y restes comerciales y industriales o escombros de obras a solares o locales, solicitada pLos interesados o impuesta por la administración en defensa de la higiene de la población, de acuerdo con lo que prevé el artículo 30 de la Ordenanza de limpieza.

Por tonelada métrica o fracción

60,8062

2.4.1.Retirada de muebles, trastos y objetos inútiles en domicilios particulares.

Hasta a 3 objetos

0

Resto de objetos, precio unitario

4,0524

2.5.1.Retirada de vehículos abandonados o sus restos

hasta a 1,5 TM

56,9473

2.5.2.Retirada de vehículos abandonados o sus restos.

Entre 1,6 y 3,5 TM :

85,1017

2.5.3.Retirada de vehículos abandonados o sus restos.

Más de 3,5 TM :

313,5384

 

CONCEPTO 3. Servicios de limpieza no obligatorios

3.1.1.A los servicios de limpieza no obligatorios regulados a el artículo 10 de la Ordenanza Municipal de limpieza, restes y residuos sólidos urbanos se aplicará la tarifa que resulte del convenio o contrato a suscrito con los peticionarios, atendiendo a los siguientes conceptos:

Personal de acuerdo al convenio del área de medio ambiente de EMAYA.

Medios mecánicos, según precios unitarios detallados en el epígrafe 2.1.1.El montante calculado por aplicación de los conceptos anteriores se incrementará con el 13% en concepto de gastos generales y el 6% en concepto de beneficio industrial.

 

CONCEPTO 4. Servicios de eliminación

4.1.1.Por la eliminación de residuos sólidos urbanos

Por tonelada métrica o fracción

52,5337

4.2.1.Por la descarga de escombros, tierra o residuos de rechazo de construcción, demolición, voluminosos y neumáticos a los vertederos municipales.

 

Por tonelada métrica o fracción:

14,2755

4.3.1.Por la destrucción de residuos sólidos urbanos u otros de otras características que así lo exijan.

 

Por tonelada métrica o fracción:

33,2708

4.4.1.Por el enterramiento de animales domésticos hasta a 50 kg de peso

 

Por unidad:

6,5187

4.4.2.Por el enterramiento de animales domésticos de peso superior a 50 kg

 

Por kg:

0,1886

4.5.1.Por la eliminación de neumáticos de motocicletas y coches o similares

 

Por unidad:

1,9247

4.5.2.Por la eliminación de neumáticos de camión o similares.

 

Por unidad:

3,8300

4.5.3.Por la eliminación de neumáticos de tractor o similares

 

Por unidad :

6,4026

REQUISITOSS PARA OBTENER LA REDUCCIÓN PREVISTA A LOS EPÍGRAFS 1.1.1 y 1.1.2

1.- Derecho a la reducción del 80%

La tarifa relativa a viviendas particulares a que se refieren los epígrafes 1.1.1 y 1.1.2, se reducirá en un 80% siempre y cuando se demuestre en la manera que se establece a continuación que los ingresos totales percibidos por el conjunto de personas que conviven en el domicilio de referencia no excede del importe del salaria mínimo interprofesional multiplicado por el coeficiente 1,25.

A los efectos de la aplicación de la reducción citada, cuando en un domicilio se reúna más de un ingreso, el más elevado se computará por su valor íntegro y los restantes por el cincuenta por cien de su valor.

2.- Para obtener la reducción prevista en el apartado anterior se requerirá que el interesado lo solicite justificando su derecho presentando una declaración de los ingresos obtenidos en el ejercicio inmediatamente anterior, comprensiva de todos y cada uno de los miembros que conviven en el domicilio o vivienda del solicitante. Así mismo, presentaran certificación del pagador de la empresa o entidad donde preste sus servicios o de la entidad a través de la cual percibe su pensión, acreditativa del importe total de les retribuciones devengadas en el ejercicio inmediato anterior. este requisito se hará extensivo a los ingresos percibidos por las otras personas que vivan en el domicilio del solicitante.

3.- Si como consecuencia de las comprobaciones realizadas por EMAYA se compruebe falsedad en los datos aportados se perderá automáticamente la reducción obtenida.

FORMA DE PAGO DE LA TARIFA

Losa usuarios del servicio de recogida y Eliminación de residuos sólidos urbanos atenderán el pago de la tarifa anual, resultante de la aplicación del anterior cuadro de tarifas, de una de les siguientes maneras:

a) Bimestralmente Por sextas partes iguales, excepte lo se prevé en el apartado 1.1.1, incluyendo el importe así calculado en el recibo de EMAYA si se trata de usuarios del servicio de agua i/o alcantarillado de la Empresa Municipal.

b) Anualmente, en el segundo semestre del año natural, en el cas de que el usuario no tengui servicio de agua i/oalcantarillado.

TARIFA POR LA UTILITZACIÓN DE AGUA REGENERADA

0,2730 EUR/m3

Tarifas Abono Conservación Acometida y Contador 2013

Contadores hasta a 20 mm/diámetro:

Uso doméstico individual.............................................1,8542 EUR/mes

Usp no doméstico o no unifamiliar............................... 4,0792 EUR/mes

Contadores de calibre = 30 mm/diámetro .....................18,9000UR/mes

Contadores de calibre = 40 mm/diámetro .....................28,1900 EUR/mes

Contadores de calibre = 50 mm/diámetro .....................38,3100 EUR/mes

Contadores de calibre = 80 mm/diámetro .....................44,3000 EUR/mes

Contadores de calibre = 100 mm/diámetro o superior....52,9700 EUR/mes

Instalaciones cubiertas por la póliza de abono:

‑ Acometida, entendida como el tramo de tubo que enlaza la red general de distribución con el tubo de alimentación del inmueble a través de la llave de registre.

‑ Llave de toma, entendida como la llave que abre paso a la acometida.

‑ Llave de registro, entendida como la llave que se encuentra situada en la vía pública en la unión de la acometida con el tubo de alimentación.

‑ Tubo de alimentación, entendido como la conducción que enlaza la llave de regis­tro con la llave de paso del contador o batería de contadores.

‑ Llave de paso, entendida como la válvula de cierre esférico situada en la unión de la acometida con el contador o con la batería de contadores.

‑ Batería de contadores, entendida como el conjunto de tubos horizontales y verticales que alimentan los contadores.

‑ Contador, entendido como el aparato medidor del consumo realizado.

‑ Grifo de comprobación, entendido como el grifo situado a continuación del contador y destinado a la verificación del correcto funcionamiento del mismo.

‑ Puerta del recinto de contadores.

Queda excluida de la cobertura de la póliza y será facturada al abonado independientemente, la obra civil de propiedad privada necesaria para reparar o sustituir los elementos antes relacionados.

Lo que se publica para general conocimiento y a efectos de su aplicación a partir del dia 1 de enero de 2013.

Palma, a 7 de diciembre de 2012

LA JEFA DE DEPARTAMENTO
Rosa Llinas Bosch