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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 23780
Ejecución de Títulos Judiciales 263/2011

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Texto

 

                    D E C R E T O Nº 436/2012

Secretario/a Judicial D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO

En PALMA DE MALLORCA, a veintinueve de Noviembre de dos mil doce.

                     ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En este Órgano Judicial se sigue el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000263 /2011 a instancia de FRANCISCO JAVIER MARIN PEÑA frente a CAP PALMA SL(solicitud de entrada en registro decanato en fecha 26/04/2011)  despachándose ejecución por un importe de 3.152,76 euros de principal, otras 630 euros por intereses y costas  presupuestados provisionalmente.

SEGUNDO.- También en este Órgano Judicial se ha despachado ejecución frente a  CAP PALMA SL en los procedimientos EJECUCION Nº 458/2011 (con fecha de entrada en decanato 03/11/2011) por un importe de 3.152,76 euros de principal, otros 700 euros por intereses y otros  euros presupuestados para costas.

         FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- De conformidad con el artículo 37.1 de la LPL, cuando las acciones ejercitadas tienda a obtener la entrega de una cantidad de dinero y existan indicios de que los bienes del deudor o deudores pudieran ser insuficientes para satisfacer la totalidad de los créditos que se ejecutan, deberá acordarse la acumulación de ejecuciones, de oficio a instancia de parte, de seguirse ante un mismo juzgado.

     Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo: Acumular  la presente ejecución la/s ejecución/es seguida/s en este Organo Judicial con el/los número/números 458/2011  .

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL