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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 2 DE EIVISSA

Núm. 22284
Procedimiento ordinario 818/2010, sobre otras materias

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Texto

Dª MARIA ALZIRA ABAD ROLLAND, Secretario/a Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N.2  de IBIZA/EIVISSA, por el presente,

 

En el presente procedimiento ordinario 818/10 seguido a instancia de  MILA Y PEDRO GARCIA, S.L. frente a NICO IBIZA, S.L. y NICOLE DANIELLE DENISE MAYERAU se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal es el siguiente:

 

SENTENCIA   Nº 219/12

 

En Ibiza, a dieciséis de octubre de dos mil doce.

 

Vistos por mí, Doña Montserrat Molina Pla, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ibiza, los presentes autos sobre juicio ordinario nº 818/2010, seguidos a instancia de la mercantil Mila y Pedro García, S.L., representada por la Procuradora D.ª Vicenta Jiménez Ruiz y asistida por el Letrado D. Antonio Balagué Planells, contra la mercantil Nico Ibiza, S.L., y contra D.ª Nicole Danielle Dense Mayerau, en situación de rebeldía,  sobre reclamación de cantidad.

FALLO

 

Que estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de la mercantil Mila y Pedro García, S.L., contra la mercantil Nico Ibiza, S.L., y D.ª Nicole Danielle Dense Mayerau, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 6.860,01 euros, más los respectivos intereses legales desde el 20 de febrero de 2008, con imposición de las costas causadas en este procedimiento.

 

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días desde su notificación.

 

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

 

PUBLICACION.-La anterior sentencia ha sido publicada en legal forma, de lo que doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, NICO IBIZA, S.L. y NICOLE DANIELLE DENISE MAYERAU, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

 

IBIZA/EIVISSA a treinta y uno de Octubre de dos mil doce.

 

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,