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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA,MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 24060
Notificación de resoluciones de inicio de expedientes por infracción administrativa en materia de incendios forestales IC 0027/12 -111/12-106/12-116/12-153/12

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Habiéndose intentado, por los medios legalmente establecidos, la notificación personal de las resoluciones de inicio de expedientes por infracción administrativa en materia de incendios forestales y al no haber constancia en los mismos de su recepción por las personas interesadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se pone en conocimiento de las personas que se indican a continuación que la Dirección General de Medio Natural, Educación Ambiental y Cambio Climático de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio ha dictado Resolución de Inicio de expediente sancionador por presunta infracción cometida en materia de incendios forestales, comunicándoles que, conforme al Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la comunidad autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Decreto 14/1994, de 10 de febrero (BOCAIB núm. 21 de 17/02/94), disponen de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio, para formular alegaciones y proponer las pruebas que consideren oportunas.

Los expedientes se encuentran a su disposición en la Dirección General de Medio Natural, Educación Ambiental  y  Cambio Climático de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, situada en la Calle del Gremi de Corredors, 10 -1ª planta, Polígono Industrial de Son Rossinyol, Palma, en horario de 9 a 14 horas. Así mismo, podrán reconocer su responsabilidad y hacer efectiva la sanción correspondiente a través del impreso normalizado (DUI) que les será facilitado en dicha consejería, poniendo así fin al procedimiento administrativo sancionador. En caso de no efectuar alegaciones ni reconocer su responsabilidad dentro del plazo legalmente establecido, la resolución de inicio podrá ser considerado Propuesta de Resolución del expediente.

 

Núm. Exp.

Persona expedientada

Artículo y norma infringida

IC0027/12

Ralf Tiesmeier

Art. 6.1 Decreto 125/2007 de 5 d’octubre

IC0111/12

Lydia Ramon Costa

Art. 7.2 Decreto 125/2007, de 5 d’octubre

IC0106/12

Rubén Mas Bahillo

Art. 7.2 Decreto 125/2007, de 5 d’octubre

IC0116/12

Andrés Martín Fernández

Art. 7.2 Decreto 125/2007, de 5 d’octubre

IC0153/12

Pizá Crespí, Ferran Jaume

Art. 7.2.f) Decreto 125/2007, de 5 d’octubre

 

Palma, 01 de diciembre de 2012

La directora general
Neus Lliteras Reche