Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 9 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 22726
Juicio Verbal 0000049/2012. Sobre Otras materias.
En el presente procedimiento seguido a .instancia de CAJA MADRID AHORA BANKIA SA frente a CITY SPORT INTERNACIONAL SA se ha dictado Sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
SENTENCIA N° 197/2012
En Palma, a 13 de noviembre de 2012
Dña. Mª del Pilar Anguita Mata, Magistrado-Juez; del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Palma y su Partido, ha dictado la siguiente sentencia:
Habiendo visto los presentes autos promovidos por el Procurador Sr. Silvestre Benedicto en nombre y representación de BANKIA S.A. con la asistencia letrada de D. Jaume Maqueda Barón contra CITYSPORT INTERNATIONAL S.A., en situación procesal de rebeldía, sobre resolución de arrendamiento financiero.
FALLO
ESTIMAR la demanda formulada por BANKIA S.A. contra CITYSPORT INTERNACIONAL S.A., declarando resuelto el contrato de arrendamiento financiero de 6 de noviembre de 2009 y condenando a la demandada a la entrega de los siguientes bienes:
1) Maquinaria Cardiovascular modelo True Stryder Elliptical PSX.
2) 20 X-Treme Fitness Cycle Indoor PL26lKG modelo 09ZFB24506A508/513A516/519/520/532/533.
3) Máquina gimnasio modelo Multipower de Discos.
4) Máquina gimnasio modelo Press de Bacna Declinado Olímpico.
5) Máquina gimnasio modelo Remo en Punta Apoyo al Pecho.
Con imposición de las costas del procedimiento al condenado.
Notifíquese a las partes esta sentencia, que no tiene efectos de cosa juzgada y contra la que podrán interponer RECURSO DE APELACION en ambos efectos dentro de los VEINTE DIAS siguientes a su notificación con arreglo a lo prevenido en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 de 7 de Enero y su Disposición Transitoria Segunda. Este recurso no se admitirá si no se acredita una consignación de 50 euros en la Cuenta de Depósitos de este Juzgado.
Llévese testimonio literal de la presente a los autos de su razón y archívese la original en el Libro de Sentencias. Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN: Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por el mismo Juez que la ha dictado en audiencia publica y en el día de la fecha. Doy fe.
Y encontrándose dicho demandado, CITY SPORT INTERNACIONAL SA, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
PALMA DE MALLQRCA a catorce de Noviembre de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.