Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 9 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 19600
Procedimiento Ordinario 0001934/2010. Sobre Otras Materias.
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001934 /2010
Sobre OTRAS MATERIAS
D./Dña. MARIA MAGDALENA GARCIA DE LAS HERAS ALVAREZ, Secretario/a Judicial de JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 9 de PALMA DE MALLORCA,
HAGO SABER:
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la L.E.C. por el presente se notifica a TONI SASTRE CB MECANICA INDUSTRIAL Y AGRICOLA Y MARGARITA SEGUI SALOM la sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
SENTENCIA N° 151/2012
En Palma, a 7 de septiembre de 2012.
Dña. Mª. del Pilar Anguita Mata, MagistradoJuez del Juzgado de Primera Instancia nº. 9 de Palma de Mallorca, ha dictado la siguiente sentencia:
Habiendo visto los autos promovidos por ARTIC CAT GMBH y ARTIC CAT ESPANA S.L., representadas por la Procuradora Dña. Cristina Sampol Schenk y defendidas por el Letrado D. Juan Luís Mariano Romero contra TONI SASTRE CB MECANICA INDUBTRIAL Y AGRICOLA y Dña. MARGARITA SEGUI SALOM, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
FALLO
ESTIMAR la demanda formulada por ARTIC CAT GMBH y ARTIC CAT ESPANA S.L. contra TONI SASTRE CB MECANICA INDUSTRIAL. Y AGRÍCOLA y Dña. MARGARITA SEGUI SALOM, condenándolas al pago de 26.306’20 euros, mas los intereses legales sobre la misma que procedan conforme a la fundamentación jurídica de esta resolución.
Con imposición de las costas del procedimiento al condenado.
Notifíquese a las partes esta sentencia, contra la que podrán interponer RECURSO DE APELACION en ambos efectos dentro de los VEINTE DIAS siguientes a su notificación con arreglo a lo prevenido en el artº. 468 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 de 7 de Enero y su Disposición Transitoria Segunda Este recurso no se admitirá si no se acredita una consignación de 50 euros en la Cuenta de Depósitos de este Juzgado.
Llévese testimonio de la presente a los autos de su razón con archivo de la original en el Libro de Sentencias.
Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por el mismo Juez que la ha dictado en audiencia publica y en el día de la fecha. Doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de TONI SASTRE MECANICA INDUSTRIAL Y AGRICOLA Y MARGARITA SEGUI SALOM, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En PALMA DE MALLORCA a veintiocho de Septiembre de dos mil doce
EL / LA SECRETARIO/A JUDICIAL.