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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 23434
Demanda 0000076/2010.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

CEDULA DE NOTIFICACION

D./Dª. ISABEL SUREDA SUREDA, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DEMANDA  0000076 /2010 – RECURSO DE SUPLICACIÓN 24/12 Y 55/12 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de D./Dª. FELIX GOMEZ BERMUDEZ contra la empresa CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS LOPEZ RAIGAL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente:

PROVIDENCIA DEL ILMO. SR. MAGISTRADO-JUEZ

DOÑA ELENA LILLO PASTOR

En PALMA DE MALLORCA, a veintinueve de Octubre de dos mil doce

Se tiene por formalizado en tiempo y forma por FELIX GOMEZ BERMUDEZ el Recurso de Suplicación interpuesto en su día contra el Auto de fecha 24 de enero de 2012 y contra el Auto de fecha 20 de abril de 2012, se acuerda formar pieza separada que se encabezará con testimonio de la resolución recurrida y dar traslado del escrito de formalización a la parte contraria para su impugnación, si así le conviniere en término de cinco días, impugnación que deberá llevar firma de Letrado o Graduado Social colegiado para su admisión a trámite. Se advierte a las partes para que señalen en su escrito de impugnación domicilio en la sede del T.S.J. de esta Comunidad Autónoma a los efectos previstos en el art. 196 LPL.

Notifíquese a las partes.

Contra la presente resolución cabe recurso de reposición en plazo de TRES DÍAS ante este mismo Juzgado. Para su interposición será precisa la consignación como depósito de 25 euros en la cuenta expediente 0464/0000/30/0076/10 abierta a nombre de este Juzgado de lo Social nº 1 de Palma en BANESTO, lo que deberá ser acreditado, y sin cuya constitución el recurso no se admitirá a trámite. Los trabajadores, los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social, los que hubieran obtenido el beneficio de justicia gratuita y todos los que tengan reconocido este derecho por alguna disposición del Estado o por los convenios internacionales que formen parte del ordenamiento interno quedarán exentos de hacer el depósito.

Y para que le sirva de NOTIFICACION EN LEGAL FORMA a  CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS LOPEZ RAIGAL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

En PALMA DE MALLORCA a diecinueve de Noviembre de dos mil doce.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

 

EL SECRETARIO JUDICIAL