Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 23422
Ejecución de Títulos Judiciales 271/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

D/Dª  ISABEL SUREDA SUREDA, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

 Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000271 /2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ALEXANDRA RUIZ MUÑOZ contra la empresa  COMPLEMENTOS SAN MIGUEL SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

  PARTE DISPOSITIVA 

 Dispongo: declarar extinguida la relación laboral que unía a D/ña. ALEXANDRA RUIZ MUÑOZ con la empresa  COMPLEMENTOS SAN MIGUEL SL, condenando a ésta a que abone a aquel/lla la/s cantidad/des siguientes:

 NOMBRE TRABAJADOR: ALEXANDRA RUIZ MUÑOZ

 INDEMNIZACIÓN: 8.308,04.-euros

 SALARIOS: 19.063,08.-euros

 MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

 Para recurrir en suplicación el presente auto  resolutorio del incidente de no readmisión  será necesario consignación de la cantidad de condena conforme el art. 245.1 LJS

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

 Y para que sirva de notificación en legal forma a  COMPLEMENTOS SAN MIGUEL SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de La Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

 Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

 En PALMA DE MALLORCA, a 19 de octubre de dos mil doce.

 EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL