Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
VICEPRESIDENCIA ECONÓMICA, DE PROMOCIÓN EMPRESARIAL Y DE OCUPACIÓN
Núm. 23637
Resolución del vicepresidente económico, de Promoción Empresarial y de Ocupación por la que se ordena la inscripción y el depósito en el Registro de convenios colectivos de las Illes Balears y se dispone la publicación del Acta de la sesión de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo del sector del transporte de enfermos y accidentados en ambulancia y de asistencia sanitaria extrahospitalaria de las Illes Balears, sobre retribuciones para el año 2012
(Exp: CC_Acta_11/178 código de convenio 07000895012003)
Antecedentes
1. El día 21 de mayo de 2012, la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del sector del transporte de enfermos y accidentados en ambulancia y de asistencia sanitaria extrahospitalaria de las Illes Balears suscribió el acta de aprobación de las tablas salariales para el año 2012 de este Convenio colectivo.
2. El día 26 de noviembre, el señor José Ginard Vallcaneras, en representación de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo, solicitó el registre, el depósito y la publicación del acta del citado Convenio colectivo.
Fundamentos
1. El artículo 90.3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
3. El artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Ordenar la inscripción y el depósito en el Registre de convenios colectivos de las Illes Balears del Acta de la sesión de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo del sector del transporte de enfermos y accidentados en ambulancia y de asistencia sanitaria extrahospitalaria de las Illes Balears, sobre retribuciones para el año 2012.
2. Disponer la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
3. Notificar esta Resolución a la Comisión Paritaria.
Palma, 30 de noviembre de 2012
La Directora General de Trabajo y Salud Laboral
Juana María Camps Bosch
Por delegación del Vicepresidente Económico, de Promoción Empresarial y de Ocupación (BOIB 153/2011)
Acta 2
Comisión Paritaria del Convenio Colectivo laboral para el sector del Transporte de Enfermos y Accidentados en Ambulancias de las Illes Balears (Código Convenio 07000895012003)
Asistentes:
Por la Representación Empresarial ABEA:
D. Iñaqui Contreras Creus
D. Jaime Lerin Mitjavila
Por la Representación Sindical:
D. Pep Ginard Vallcaneras (Asesor CC.OO.)
D. Javier Marín Hernández (Asesor UGT)
D. Bartolomé Tugores Vicens (UGT)
En Palma de Mallorca, a 21 de mayo de 2012, siendo las 10:45 horas, en los locales de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CC.OO.), se reúnen las partes firmantes del actual convenio colectivo representadas por las personas arriba relacionadas. En representación de la parte empresarial la Asociación Balear de Empresarios de Ambulancias (ABEA); y por la representación sindical: la Federació de Serveis a la Ciutadania de Comisions Obreres Illes Balears(CC.OO.) y la Federación de Transportes, Comunicaciones y Mar de Baleares de la Unión General de Trabajadores (UGT). El objeto de la sesión es fijar las retribuciones que han de regir durante el año 2012 en el sector, de acuerdo con lo pactado en el convenio colectivo.
Levanta el Acta D. Pep Ginard Vallcaneras
PUNTO ÚNICO.- Fijación de las retribuciones para el período 1 de enero a 31 de diciembre de 2012.
Se procede a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 12º del convenio colectivo, en materia de incremento salarial para el año 2012, según lo pactado entre las partes. Constatado que el índice de precios de consumo (IPC) real del año 2011 registrado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) ha sido de un 2,4 por 100, y que dicho artículo prevé que se llevará a cabo una revisión automática de dicho índice, con efecto el día 1 de enero de 2012, en los conceptos siguientes:
Salario base, premio por jubilación, domingos y festivos.
Categoría profesional |
Salario Base 2012 |
---|---|
|
|
Conductor/a |
1497,35 |
Ayudante camillero/a |
1354,85 |
Camillero/a |
1296,54 |
Jefe/a de equipo |
1476,52 |
Jefe/a de tráfico |
1577,35 |
Oficial 1º Administrativo/a |
1549,84 |
Auxiliar Administrativo/a |
1375,74 |
Ayudante mecánico |
1329,86 |
Mecánico |
1452,72 |
Chapista |
1412,34 |
Pintor/a |
1412,34 |
Jefe/a de Taller |
1526,52 |
Telefonista |
1384,86 |
Médico |
2319,72 |
A.T.S. |
1843,10 |
Director/a de Área |
2156,86 |
Director |
2338,06 |
Jubilación Años |
2012 |
---|---|
|
|
60 |
3259,61 |
61 |
2784,25 |
62 |
2376,79 |
63 |
1453,26 |
64 |
746,59 |
Domingos 2012 |
Festivos 2012 |
---|---|
32,52 |
47,69 |
El pago de diferencias por atrasos que, en su caso, procedan derivado de la presente revisión salarial deberá liquidarse el 50% en el mes de septiembre y el otro 50% restante, en el mes de noviembre de 2012.
Se acuerda autorizar a D. Pep Ginard Vallcaneras para que en nombre de la Comisión proceda al registro del Acta ante la Autoridad Laboral para su depósito y que a su vez solicite su publicación en el BOIB.
Y en prueba de conformidad, no habiendo más asuntos que tratar, y siendo las 11 horas, se procede a firmar el Acta en el lugar y fecha ut supra.
PARTE EMPRESARIAL |
PARTE SINDICAL |