Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 23247
Despido/ceses en general 1257/2011
D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0001257 /2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª CHRISTELLE MARIA DEL PINO DOMINGUEZ contra la empresa GESTARCALIES SL, sobre DESPIDO, se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
QUE ESTIMANDO LA DEMANDA interpuesta por Dña. Christelle María del Pino Dominguez contra la empresa Gestarcalies S.L. debo declarar y declaro la improcedencia del despido de la trabajadora demandante efectuado en fecha 15 de septiembre de 2.011 por parte de la empresa demandada a la que condeno a que en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución opte entre la readmisión de la trabajadora en su puesto de trabajo o a abonarle una indemnización de 45 días de salario por año de servicio con prorrata por meses de los periodos de tiempo inferiores a un año cifrada en 141,6 €, opción que deberá ejercitar mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría de este Juzgado en el plazo indicado y sin esperar a la firmeza de la presente sentencia así como a que en ambos casos le abone una cantidad igual al importe de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta la fecha de notificación de la presente Sentencia a razón de 9,44 € diarios y cuyo importe se liquidará en trámite de ejecución de Sentencia, advirtiendo a la demandada de que en el caso de no optar en el plazo y forma indicado se entenderá que procede la readmisión.
Y para que sirva de notificación en legal forma a GESTARCALIES SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ISLAS BALEARES.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a veintidós de Noviembre de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL