Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 17 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 22453
Procedimiento Ordinario 0001013/2011. Sobre Otras Materias.
Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001013/2011
Sobre OTRAS MATERIAS
CEDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia Se ha dictado la resolución del tenor literal Siguiente:
SENTENCIA n°157/12
En Palma de Mallorca, a 10 de Octubre de 2.012.
I.- ENCABEZAMIENTO
Visto por Don Álvaro Latorre López, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia n° 17 de Palma de Mallorca, el procedimiento ordinario n°, seguido a instancia de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS GALERÍAS PLAZA MAYOR, representada por la procuradora Doña Amaya Vicens Jiménez y dirigida por el letrado Don Miguel Ariges Fíol. Conforman la parte demandada DON JOSÉ CALVO ANDREU, representado por el procurador Don Sebastián Coll Vidal y asistido por el letrado Don Jesús María Meneses Capellan; DOÑA CRISTINA PASCUAL y la entidad mercantil TOLUJA INVERSIONES, S.L., en situación de rebeldía procesal estos dos Últimos.
IV.- FALLO
En virtud de la potestad jurisdiccional conferida por la Constitución Española de 27 de diciembre de 1.978, estimando la demanda interpuesta por la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS GALERÍAS PLAZA MAYOR, representada por la procuradora Doña Amaya Vicens Jiménez, frente a la entidad mercantil TOLUJA INVERSIONES, S.L y a DOÑA CRISTINA PASCUAL, ambos en situación de rebeldía procesal, condeno a dicha entidad mercantil a abonar a la actora la cantidad de 10.046,49 €, y dentro de este importe, solidariamente con ella, condeno a DOÑA CRISTINA PASCUAL a pagar a la demandante la suma de 4.445,21 €, correspondiendo el resto (hasta los 10.046,49 €) Únicamente a la sociedad demandada. Con los intereses correspondientes desde la reclamación monitoria.
Respecto de las costas causadas, se imponen a los demandados.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que la misma no es firme, pudiéndose interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación.-
Así lo pronuncio, mando y firmo.
Publicada la anterior resolución por el Sr. Magustrado-Juez en audiencia pública. Doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de TOLUJA INVERSIONES S.L. Y CRISTINA PASCUAL, se extiende la presente para que sirva de cedula de notificación.
PALMA DEAMALLORCA a diez de Octubre s mil doce.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.