Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 23351
Resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades y presidente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares del 21 de noviembre de 2012 por la cual se deniegan las ayudas de conciliación dirigidas a trabajadores prioritariamente desocupados que participan en programas específicos de formación para colectivos vulnerables de la convocatoria de 18 de octubre de 2010
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Hechos
1. Las personas que se indican en el anexo adjunto, como alumnos de una acción formativa dirigida a trabajadores prioritariamente desocupados que participan en programas específicos de formación para colectivos vulnerables, han presentado solicitudes de ayudas de conciliación, en el marco de la Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo de 18 de octubre de 2010 (BOIB nº. 152, de 21 de octubre).
2. Una vez examinadas estas solicitudes se ha considerado que tienen que ser objeto de denegación por los motivos que se exponen en el anexo I de esta Resolución.
Fundamentos de derecho
1. El Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (SOIB) fue creado mediante la Ley 7/2000, de 15 de junio (BOIB nº. 80, de 29 de junio), modificada por la Ley 8/2004, de 23 de diciembre (BOIB nº. 186, de 30 de diciembre), y para la Ley 9/2009, de 21 de diciembre, de presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2010 (BOIB nº. 189, de 29 de diciembre). La finalidad del SOIB es planificar, gestionar y coordinar las políticas de ocupación, con funciones concretas de informar, orientar e interceder en el mercado laboral, así como de fomentar la ocupación en todas las vertientes y de desarrollar la formación profesional para la ocupación.
2. De acuerdo con los apartados g e i del artículo 15.2 del Decreto 30/2001, de 23 de febrero, de constitución y régimen jurídico del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (BOIB nº. 28, de 6 de marzo), modificado por el Decreto 9/2005, de 28 de enero (BOIB nº. 17, de 1 de febrero), es función del presidente del SOIB autorizar gastos, contraer obligaciones y proponer pagos del servicio, así como conceder ayudas y subvenciones.
3. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18 de noviembre, y suplemento en catalán del BOE nº. 23, de 24 de noviembre), tiene por objeto regular el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las administraciones públicas.
4. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº. 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones cuya gestión corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o a las entidades públicas que dependen.
5. La Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 7 de marzo de 2008 (Orden TAS/718/2008), por la cual se despliega el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el cual se regula el subsistema de formación profesional para la ocupación en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a financiarla (BOE nº. 67, de 18 de marzo de 2008).
6. El Real decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el cual se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos de la ocupación y de la formación profesional ocupacional (BOE nº. 83, de 7 de abril, y suplemento en catalán del BOE nº. 9, de 17 de abril).
7. Mediante la Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo de 18 de octubre de 2010 (BOIB nº. 152, de 21 de octubre), se convoca a los alumnos de los cursos para que presenten solicitudes de ayudas de conciliación. El apartado 4 del anexo 2 regula los importes de las ayudas de conciliación.
8. De acuerdo con el artículo 39.7 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, las subvenciones que se conceden en consideración a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor no requieren ninguna otra justificación que la acreditación de esta situación, previamente a la concesión, por cualquier medio admisible en derecho, sin perjuicio de los controles que se puedan establecer para verificar la existencia.
9. El Decreto ley 4/2011, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 7/2000 (BOIB nº. 119, de 6 de agosto), dispone que el SOIB queda adscrito a la consejería competente en materia de educación.
Por todo eso, dicto la siguiente
Resolución
1. Denegar una subvención en concepto de ayuda de conciliación para trabajadores prioritariamente desocupados que participan en programas específicos de formación para colectivos vulnerables en el marco de la Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo de 18 de octubre de 2010 (BOIB nº. 152, de 21 de octubre)., a las personas que figuran en el anexo I de esta Resolución y por los motivos que se exponen en el mismo.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante del consejero de Educación, Cultura y Universidades y presidente del SOIB en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de 'haber-se publicado en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber-se publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 21 de noviembre de 2012
El consejero de Educación, Cultura y Universidades y presidente del SOIB
Rafael Àngel Bosch i Sans
Por delegación de competencias de acuerdo con la
Resolución del presidente del SOIB de 28 de noviembre de 2011
BOIB núm.180, de 1 de diciembre
El vicepresidente del SOIB
Onofre Ferrer Riera
ANEXO I
| DNI/NIE |
SOLICITANTE |
CURSO |
MOTIVO |
| X8452666M |
SITAN FOFANA |
AFC-1285/10 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
| X8219651 |
PENDA WADE |
AFC-1285/10 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
| 44373479Q |
BARBARA MUNICIO SANTOS |
AFC-1298/10 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
| X7754068D |
JENNY YANET LLANOS VALVERDE |
AFC-1298/10 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
| X6204946Y |
RITA AGBEWONETSE OMOROGBE |
AFC-1299/10 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
| X9131999X |
ANCA NITA |
AFC-1299/10 |
REQUERIMIENTO NO SUBSANADO |
| X5191650X |
ROKHAYA SOW |
AFC-1300/10 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
| X3533173M |
CARMEN TOMASA TENORIO CUERO |
AFC-1301/10 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
| 43027802T |
CARMEN MUÑOZ MORENO |
AFC-1301/10 |
REQUERIMIENTO NO SUBSANADO |
| X6903360W |
JOY ONYISI EKAEZUNIM |
AFC-1315/10 |
NO TENER HIJOS MENORES DE 6 AÑOS |
| X2970575X |
BASHIRU LAWAL |
AFC-1316/10 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
| X6953977L |
KARIMA ZGHOUDI |
AFC-1316/10 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
| 43152971A |
MARIA BERGAS PERELLO |
AFC-1317/10 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
| 34067509R |
IRENE TOMAS GENOVART |
AFC-1320/10 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
| 43463096L |
MARIA ANTONIA CUEVAS FLORIAN |
AFC-1320/10 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
| 38498917E |
ROSA MARIA LLORT CARCELLER |
AFC-1376/10 |
NO TENER HIJOS MENORES DE 6 AÑOS |
| Y1072254P |
AHMED EL MEZIANI |
AFC-1379/10 |
ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO |
| 41517840B |
JUAN ALBERTO MONTORO SANCHEZ |
AFC-1379/10 |
ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO |
| X7976917B |
LATIFA DRIOUCHE |
AFC-1379/10 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
| X5783816Y |
RAHMA EL HASBI |
AFC-1401/10 |
NO TENER HIJOS MENORES DE 6 AÑOS |
| X9696459G |
MARCELA ALEJANDRA ANA MARIANI |
AFC-1401/10 |
NO TENER HIJOS MENORES DE 6 AÑOS |
| X7142335F |
NORA ELENA MEDINA CAMPOS |
AFC-1401/10 |
NO TENER HIJOS MENORES DE 6 AÑOS |
| X8865758V |
LUZ ELIDA BAHAMON PALENCIA |
AFC-1401/10 |
NO TENER HIJOS MENORES DE 6 AÑOS |
| Y0700748K |
JACQUELINE D. TORRES GRADOS DE ACOSTA |
AFC-1401/10 |
REQUERIMIENTO NO SUBSANADO |
| X6863749C |
SANDRA REGINA OLIVEIRA |
AFC-08/10-01 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
| X6609967C |
MARGARITA GREGORIA MACHUCA FIGUEROA |
AFC-08/10-02 |
NO TENER HIJOS MENORES DE 6 AÑOS |
| 43022694K |
ANA HIDALGO SANCHEZ |
AFC-08/10-02 |
NO TENER HIJOS MENORES DE 6 AÑOS |
| 43060175N |
MARIA FRANCISCA SANCHEZ CONESA |
AFC-08/10-02 |
NO TENER HIJOS MENORES DE 6 AÑOS |
| 43040871G |
JORDI LACASA MORA |
AFC-08/10-03 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
| 43040871G |
JORDI LACASA MORA |
AFC-08/10-04 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
| 41139062D |
ROSARIO BERGAS TEGLA |
AFC-08/10-04 |
NO TENER HIJOS MENORES DE 6 AÑOS |
| X65438401M |
NABILA AISSAOUI |
AFC-08/10-11 |
REQUERIMIENTO NO SUBSANADO |
| 77323902H |
ENCARNACION FERNANDEZ FERNANDEZ |
AFC-08/10-11 |
NO TENER HIJOS MENORES DE 6 AÑOS |
| 43180122Z |
JUANA MARIA ENSEÑAT ALEMANY |
AFC-08/10-13 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
| X6817589K |
LISETTE BARRIOS GATUS |
AFC-08/10-16 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |
| X5544915Y |
MILDRED JOSEFINA GONZALEZ DAMAS |
AFC-08/10-17 |
REQUERIMIENTO NO SUBSANADO |
| X7976917B |
LATIFA DRIOUCHE |
AFC-14/10-01 |
SUPERAR EL 75% DEL IPREM |