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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES

Núm. 23324
Notificación de la resolución de inscripción del expediente número 218/2011/R relativo al establecimiento de restauración denominado CAFETERIA S'ESTACIÓ, con número de registro R/6321/BAL, y situado en la calle Eusebi Estada, 27, del término municipal de Palma.

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Texto

 

Ante la imposibilidad de notificar personalmente la resolución de inscripción del expediente número 218/2011/R relativo al establecimiento de restauración denominado CAFETERIA S'ESTACIÓ, con número de registro R/6321/BAL, y situado en la calle Eusebi Estada, 27, del término municipal de Palma, y en aplicación de lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica que en fecha 19 de junio de 2012, se dictó la siguiente resolución:

 

«Hechos

 

1. En fecha 7 de abril de 2011, con número de registro de entrada 9019, el señor José Luis Toledo Gómez, presentó una declaración responsable de inicio de actividad turística (DRIAT), para la inscripción en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de las Illes Balears del establecimiento de restauración denominado CAFETERIA S'ESTACIÓ, con una capacidad de 52 plazas declaradas, clasificado en el grupo I como restaurante, y situado en la calle Eusebi Estada, 27, término municipal de Palma.

 

2. En fecha 19 de juny de 2012, la Jefa de la Sección VII del Servicio de Ordenación y Planificación Turística informó favorablemente sobre la corrección formal de la documentación presentada para la inscripción del establecimiento.

 

Fundamentos de Derecho

 

1. El Decreto 13/2011, de 25 de febrero, por el que se establecen las disposiciones generales necesarias para facilitar la libertad de establecimiento y de prestación de servicios turísticos, la regulación de la declaración responsable y la simplificación de los procedimientos administrativos en materia turística.

 

2. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

3. La Ley 2/1999, de 24 de marzo, General Turística de las Illes Balears.

 

4. La Ley 12/2010, de 12 de noviembre, de modificación de diversas leyes para la transposición en las Illes Balears de la Directiva 200/123/CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior.

 

Por todo ello, dicto la siguiente

 

Propuesta de resolución

 

Propongo al Director General de Turismo que dicte una resolución en los términos siguientes:

 

1. Ordenar la inscripción en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de las Illes Balears, con efectos desde el día 7 de abril de 2011, del establecimiento de restauración denominado CAFETERIA S’ESTACIÓ, con número de registro R/6321/BAL, con una capacidad de 52 plazas declaradas, clasificado en el grupo I como restaurante, explotado por José Luis Toledo Gómez, con el NIF número 46206061G, y situado en la calle Eusebi Estada, 27, del término municipal de Palma.

 

Así mismo, de conformidad con lo dispuesto por los artículo 43 i 65 de la Ley 2/1999, de 24 de marzo, General Turística de las Illes Balears, y el artículo 3 del Decreto 4/2007, de 2 de febrero, por el que se regula el procedimiento que debe seguir la comunidad autónoma de las Illes Balears para la tramitación de quejas de usuarios de servicios turísticos, deberá disponer de las hojas de reclamaciones y del libro de inspección preceptivo. También se le advierte que conforme al Decreto 13/2011, de 25 febrero, deberá dar cumplimiento al artículo 14 sobre información y precios, y al artículo 13 referido al ejercicio de la actividad.

 

2. Notificar la resolución a la persona interesada.

 

3. Comunicar esta resolución al Ayuntamiento de Palma, de acuerdo con el artículo 20.4 del Decreto 13/2011, de 25 de febrero.

 

Esta inscripción se realiza sin perjuicio de la obtención de todas las autorizaciones y licencias necesarias.

 

Interposición de recursos

 

Contra esta resolución –que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Director General de Turismo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears. También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde la recepción de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.»

 

 

Palma, 23 de noviembre de 2012

 

La Jefa del Departamento de Ordenación y Planificación Turística

Margarita Sendín Rebassa

 

Conforme con la propuesta. Dicto resolución

El director general de Turismo

Jaime Martínez Llabrés

Órgano competente para dictar esta resolución, per resolución del conceller de Turismo y Deportes de 8 de julio de 2011, de delegación de competencias y de firma en los órganos directivos de la Consejería de Turismo y Deportes y de suplencia de los órganos directivos de la consejería (BOIB número 111 de 21 de julio)