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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 23297
Notificación de la resolución de archivo del expediente número 30/2010/C, relativo al establecimiento de restauración denominado CAFETERIA BROTZEIT, y situado en la avenida Primavera, 17, de la Colonia de Sant Jordi, término municipal de Ses Salines.
Ante la imposibilidad de notificar personalmente la resolución de archivo del expediente número 30/2010/C, relativo al establecimiento de restauración denominado CAFETERIA BROTZEIT, y situado en la avenida Primavera, 17, de la Colonia de Sant Jordi, término municipal de Ses Salines, y en aplicación de lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica que en fecha 28 de mayo de 2012, se dictó la siguiente resolución:
«Hechos
1. En fecha 11 de marzo de 2010, y con número de registro de entrada 1067, la señora Anke Bellinghoven presentó una declaración responsable para la inscrición en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de las Illes Balears del establecimiento de restauración denominado CAFETERÍA BROTZEIT, con una capacidad de 36 places declaradas, clasificado en el grupo I como cafetería, y situado en la avenida Primavera, 17, de la Colonia de Sant Jordi, término municipal de Ses Salines.
2. En fecha 14 de mayo de 2010 se le notificó a la persona interesada que disponía de un plazo de 10 días para subsanar las deficiencias siguientes:
- Comunicar el número de plazas desglosadas (plazas en barra, plazas en sala y plazas en terraza) del establecimiento.
3. A fecha de hoy no se ha presentado la documentación requerida.
4. En fecha 28 de mayo de 2012, la Jefa de la Sección VII del Servicio de Ordenación y Planificación Turística informó favorablemente sobre la declaración de desistimiento y el archivo del expediente.
Fundamentos de Derecho
1. Artículos 19 del Decreto 13/2011, de 25 de febrero, por el que se establecen las disposiciones generales necesarias para facilitar la libertad de establecimiento y de prestación de servicios turísticos, la regulación de la declaración responsable y la simplificación de los procedimientos administrativos en materia turística.
2. Artículos 42 i 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Por todo lo anterior, dicto la siguiente
Propuesta de resolución
Propongo al Director General de Turismo que dicte una resolución en los términos siguientes:
1. Declarar el desistimiento de la solicitud de inscripción en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de las Illes Balears del establecimiento de restauración denominado CAFETERÍA BROTZEIT, con una capacidad de 36 plazas declaradas, clasificado en el grupo I como cafetería, y situado en la avenida Primavera, 17, de la Colonia de Sant Jordi, término municipal de Ses Salines.
2. Ordenar el archivo del expediente.
3. Notificar esta resolución a la persona interesada.
4. Notificar esta resolución al Ayuntamiento de Ses Salines.
Interposición de recursos
Contra esta resolución –que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Director General de Turismo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears. También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde la recepción de esta notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.»
Palma, 23 de noviembre de 2012
La jefa de Departamento de Ordenación y Planificación Turística
Margarita Sendín Rebassa
Conforme con la propuesta. Dicto resolución
El Director General de Turismo
Jaime Martínez Llabrés
Órgano competente para dictar esta resolución, por Resolución del Consejero de Turismo y Deportes de 8 de julio de 2011, de delegación de competencias y de firma en los órganos directivos de la Conserjería de Turismo y Deportes y de suplencia de los órganos directivos de la Conserjería (BOIB núm. 111 de 21 de julio).