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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 23279
Disciplina. Notificación propuesta de demolición. DO-2012/147

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística, a JUAN MAXIMO SITJAR LLITERAS, exp. nº DO-2012/147, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a JUAN MAXIMO SITJAR LLITERAS, de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que trascrito dice: 

 

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN: Que formula la instructora del expediente de demolición o de reconstrucción, que se sigue contra Juan Máximo Sitjar Lliteras (prop) y ITACA 36 SL (prom.), rep. por Rafael Nicolás Murillo Capilla, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 66 y 67 de la Ley 10/90, de 23 de octubre, de disciplina urbanística de la CAIB.

 

RESULTANDO: Que ha transcurrido el plazo de dos meses concedido al interesado para que solicitase la oportuna licencia, o ajustase a licencia u orden de ejecución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65, 1 º de la la citada ley.

 

CONSIDERANDO: Los artículos citados y demás de general aplicación el instructor formula la siguiente propuesta de demolición, retirada o reconstrucción de las obras que se relacionan a continuación, con cargo a los interesados, así como lo procedente para impedir definitivamente los usos a que diera lugar.

 

A Juan Máximo Sitjar Lliteras (prop) y ITACA 36 SL (prom.), rep. por Rafael Nicolás Murillo Capilla, para que procedan a la retirada / demolición de las obras realizadas en la calle. Llotgeta, 6, esquina. c. Hostals, 22, RC 00303701, consistentes en (Informe UTIB de 31/05/2012): "Las obras observadas sobre la cubierta no están amparadas en la licencia CS-2012/201, consisten en colocación encofrado de madera y construcción pared de ladrillo de unas medidas aproximadas 3,00 x2, 20m "(Informe UTIB 31/08/2012):" Obras de reforma interior no amparadas en licencia ni por el expediente de Protección DP-2011/45: los forjados de techo planta baja y techos primer y segundo piso se han sustituido por nuevos forjados con vigas de madera, curvada cerámica plana y capa compresión. Una superficie total de 80,00 m2 aprox. Demolición y nueva construcción de una dependencia de unos 9,00 m2 aprox., Encima cubierta, con paredes de ladrillo 20,00 m2 aprox. y techo con vigas de madera, curvada cerámica. Sustitución escalera de comunicación de las diferentes plantas con realización de nueva placa de hormigón y formación de escalones. Nuevos tabiques interiores 15,00 m2 aprox. Rebozado paredes en todas las plantas, con una superficie aproximada de 60,00 m2. Refuerzos estructurales a base de vigas metálicas en diferentes zonas", así como cualquier otro tipo de obra o instalaciones realizadas sin la preceptiva licencia municipal para restituir la vivienda al estado en que se encontraba antes de la comisión de la infracción urbanística y visto que las mencionadas obras no están amparadas en ninguna licencia de obras.

 

CONCEDER a Juan Máximo Sitjar Lliteras (prop) y ITACA 36 SL (prom.), rep. por Rafael Nicolás Murillo Capilla, un plazo improrrogable de 10 días para que formule todas las alegaciones que considere convenientes.

 

Advertir que, de conformidad con lo establecido en el artículo 67-1 de la Ley 10/90, de 23 de octubre, de disciplina urbanística de la CAIB, transcurrido dicho plazo sin que se hubieran presentado las alegaciones o desestimadas, el Consejo de Gerencia de Urbanismo acordará la retirada, demolición o reconstrucción de las obras por el interesado y procederá a impedir definitivamente los usos a los que hubiera dado lugar, concediendo un plazo adecuado a su caso, con la advertencia de que el Ayuntamiento lo podrá ejecutar subsidiariamente en caso de incumplimiento.

 

Le recuerdo que, de acuerdo con el art. 14 del Estatuto de Autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística respecto a las futuras notificaciones que se realicen.

 

Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, puede dirigirse a las siguientes oficinas: OAC AVINGUDES- Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avingudes); OAC CORT- Pl. Santa Eulàlia, 9, bjs. (Ajuntament); OAC PERE GARAU- c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ- c. Margaluz, 30; OAC SANT FERRAN- Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policía Local); OAC S’ARENAL- Av. América, 11; OAC S’ESCORXADOR- c. Emperadriu Eugènia, 6; OAC SON FERRIOL- Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h. de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h. de lunes a jueves  (OAC Avingudes). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h. en OAC Cort (sólo registro).

 

Palma, 27 de novembre de 2012

 

La jefe de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios,

P.D. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012 (B.O.I.B. nº 85 de 14/6/2012)

Elvira Salvà Armengod