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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 23195
Notificación de la Resolución de modificación de datos del expediente número 237/2011/R relativo a la solicitud de cambio de explotador del establecimiento de restauración denominado COSA NOSTRA (antes OPERA DE PALMA), con número de registro R/3080/BAL, clasificado en el grup I como restaurante, situado en la calle Cecilio Metelo, 14, del término municipal de Palma.
Ante la imposibilidad de notificar personalmente la Resolución de modificación de datos del expediente número 237/2011/R relativo a la solicitud de cambio de explotador del establecimiento de restauración denominado COSA NOSTRA (antes OPERA DE PALMA), con número de registro R/3080/BAL, clasificado en el grup I como restaurante, situado en la calle Cecilio Metelo, 14, del término municipal de Palma, y en aplicación de lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica que en fecha 10 de julio de 2012, se dictó la siguiente resolución:
«Hechos
1. En fecha 13 de abril de 2011 con registro de entrada número 9627, el senyor Steve Allen Davari Galustian, presentó una comunicación previa para modificar en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de les Islas Baleares los datos del establecimiento de restauración con número de registro R/3080/BAL, situado en Cecilio Metelo, 14, del término municipal de Palma.
2. En fecha 17 de noviembre de 2011, la Jefa de la Sección VII del Servicio de Ordenación y Planificación Turística informó favorablemente sobre la corrección formal de la documentación presentada para la modificación de los datos del establecimiento.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto 13/2011, de 25 de febrero, por el que se establecen las disposiciones generales necesarias para facilitar la libertad de establecimiento y de prestación de servicios turísticos, la regulación de la declaración responsable y la simplificación de los procedimientos administrativos en materia turística.
2. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. La Ley 2/1999, de 24 de marzo, General Turística de las Islas Baleares.
4. La Ley 12/2010, de 12 de noviembre, de modificación de diversas leyes para la transposición en las Islas Baleares de la Directiva 200/123/CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior.
Propuesta de resolución
Propongo al director general de Turismo que dicte una resolución en los términos siguientes:
1. Ordenar la modificación del establecimiento de restauración situado en la calle Cecilio Metelo, 14, del término municipal de Palma, que figuran en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de les Islas Baleares y que, con efecto desde el día 13 de abril de 2011, son los siguientes:
- Nombre comercial: COSA NOSTRA
- Núm. de registro: R/3080/BAL
- Grupo: I
- Clasificación: restaurante
- Plazas: 98
- Propietario: PROMOTORA INMOBILIARIA MIRAMAR, SL
- CIF/NIF: B07414071
- Explotador: GESTIÓN HOTELERA BALEAR SL
- CIF/NIF: B57295529
Así mismo, de conformidad con lo dispuesto por los artículo 43 i 65 de la Ley 2/1999, de 24 de marzo, General Turística de las Islas Baleares, y el artículo 3 del Decreto 4/2007, de 2 de febrero, por el que se regula el procedimiento que debe seguir la comunidad autónoma de las Islas Baleares para la tramitación de quejas de usuarios de servicios turísticos, deberá disponer de las hojas de reclamaciones y del libro de inspección preceptivo. También se le advierte que conforme al Decreto 13/2011, de 25 febrero, deberá dar cumplimiento al artículo 14 sobre información y precios, y al artículo 13 referido al ejercicio de la actividad.
Notificar la resolución al interesado.
Comunicar la resolución al Ayuntamiento, de acuerdo con el artículo 20.4 del Decreto 13/2011, de 25 de febrero.
Esta inscripción se realiza sin perjuicio de la obtención de todas las autorizaciones y licencias necesarias.
Interposición de recursos
Contra esta resolución –que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Director General de Turismo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Islas Baleares. También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde la recepción de esta notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.»
Palma, 15 de noviembre de 2012
La jefa de Departamento de Ordenación y Planificación Turística
Margarita Sendín Rebassa
Conforme con la propuesta. Dicto resolución
El director general de Turismo
Jaime Martínez Llabrés
Órgano competente para dictar esta resolución, por Resolución del conseller de Turismo i Deportes de 8 de julio de 2011, de delegación de competencias i de firma en los órganos directivos de la Conselleria de Turismo i Deportes i de suplencia de los órganos directivos de la Conselleria (BOIB núm. 111 de 21 de julio).