Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MANACOR
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 4 DE MANACOR
Núm. 21226
Expediente de dominio, reanudación del tracto 886/2012, sobre otras materias
Dª. MARIA ROSA PEREZ SUSAVILA, SECRETARIO/A DEL JDO.1A.INSTANCIA N.4 DE MANACOR.
HAGO SABER: Que en este órgano judicial se sigue el procedimiento EXPEDIENTE DE DOMINIO “REANUDACION DEL TRACTO” nº 886/2012 a instancia de Dª MARIA VIDAL AMENGUAL expediente de dominio de la siguiente finca:
FINCA RUSTICA que constituye la parcela 751 del Polígono 5 del Catastro de Rústica del Ayuntamiento de Santanyí, referencia catastral nº 07057ª005007510000FD, de cabida, según el catastro, setenta áreas, cuatro centiáreas (7004 m2).
Linda: Norte, con camino; sur, finda de Coloma Más Burguesa, parcela 747; Este, finca de Margarita Burguera Barceló, parcela 752; y Oeste, parcelas 749 y 750, propiedad de la entidad Piedra de Santanyí, S.L.
La parcela catastral descrita, está formada por dos fincas registrales con la siguiente descripción:
1.- Rústica: Tierra llamada Na Pou del predio Son Amer, en término de Santanyí, cuyo resto mide cuarenta y ocho áreas seis centiáreas, sin que conste la descripción del mismo. Según descripción actual, linda: al Norte con camino, Sur con el resto de la partecela 751 propiedad de la demandante, Este, finca de Margarita Burguera Barceló, parcela 752; y Oeste, finca de la entidad Piedra de Santana, parcelas 749 y 750.
Inscrita como finca de Santanyí, número 7112, al Tomo 1615, Libro 161, Folio 245.
2.-Rústica: Tierra llamada Na Pou, sita en térm,ino de Santanyí, de procedencia del predio Son Amer, mide veinticuatro áreas tres centiáreas y linda por Norte, con tierras de las mismas pertenencias propias de Magdalena Reus y Vidal; Sur con la parcela doscientos veinte del plano del predio Son Amer; por Este, con la número 224 de dicho plano y por el Oeste, con la número 222 del propio plano. Es indivisible. Si bien sus linderos actuales son: Norte, con la finca anteriormente descrita; por Sur, con la parcela 747, propiedad de Dª COLOMA MAS BURGUERA, Este finca de Margarita Burguera Barceló, parcela 752; y Oeste finca de la entidad Piedra de Santanyí, SL, parcelas 749 y 750.
Inscrita en el Registro de la Propiedad de Santanyí como finca 9443, tomo 2200, Libro 210, Folio 187.
La primera se encuentra inscrita a nombre de D. Juan Pons Çtorrens, en una inscripción del año 1910 y la segunda a nombre de Magdalena Pons Vidal, en el año 1919, en cuanto a la nuda propiedad y de Dª María Vidal y Verger, por lo que se referiere al usufructo.
Por el presente y en virtud de lo acordado en resolución de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.
En MANACOR, a veintisiete de Septiembre de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL