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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE SA POBLA

Núm. 23034
Notificación propuesta de resolución 62/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

Joan Marquès Company, Secretario del Ayuntamiento de Sa Pobla, certifico que en fecha 10 de octubre de 2012, se dictó Decreto de Alcaldía que a la letra dice:

 

Vistas las actuaciones practicadas en el expediente sancionador número 62/2012 seguido contra D. DAVID CLAVIJO PAYA, constante el resto de sus datos debidamente referenciadas a las actuaciones, y:

 

CONSIDERANDO que mediante acta-denuncia emitida pe la Policía Local de sa Pobla, se puso en conocimiento de este Ayuntamiento, la realización de los siguientes hechos:

 

TENER EL PERRO SUELTO SIN CORREA Y SIN BOZAL POR EL PARQUE DE LA ESCUELA GRADUADA, hecho prohibido en el artículo 113.1 y 113.3 de la Ordenanza de Buen Gobierno, civismo y convivencia ciudadana.

 

CONSIDERANDO que en fecha 14 de septiembre de 2012 se dictó Decreto de Alcaldía acordando la iniciación de expediente sancionador mediante el cual se imputaba a D. DAVID CLAVIJO PAYA la comisión de una infracción de la Ordenanza de Buen Gobierno de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 113.1 y 113.3 de la misma.

 

CONSIDERANDO que en fecha 20 de septiembre de 2012 [RS1775], recibido día 21 de septiembre de 2012, se notificó el citado Decreto de Alcaldía con indicación de los hechos imputados, las infracciones cometidas y las sanciones que, en su caso, podían recaer, con el objeto de que en el plazo de quince días, o en cualquier momento anterior a dictarse la propuesta de resolución, pudiera el infractor oponerse a la acusación realizada, con vista del expediente, proponer prueba y alegar que a su derecho interesara.

 

CONSIDERANDO que en dicha notificación se hacía la advertencia al interesado, al amparo del artículo 8.4 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de que, de no efectuarse alegaciones, el indicado acuerdo de incoación podría ser considerado como propuesta de resolución.

 

CONSIDERANDO que el interesado NO ha presentado escrito de alegaciones.

 

CONSIDERANDO que figura en el expediente acta-denuncia emitida por un funcionario público adscrito al Departamento de Policía Local donde describe los hechos motivo del expediente.

 

CONSIDERANDO que la práctica de los medios de prueba se deriva los siguientes hechos probados,:

TENER EL PERRO SUELTO SIN CORREA Y SIN BOZAL POR EL PARQUE DE LA ESCUELA  GRADUADA, hecho prohibido en el artículo 113.1 y 113.3 de la Ordenanza de Buen Gobierno, civismo y convivencia ciudadana.

 

CONSIDERANDO que el Alcalde es el órgano competente para resolver este expediente sancionador.

 

CONSIDERANDO que en el procedimiento seguido se han observado todos los trámites legales y reglamentarios establecidos y los principios informadores de la potestad sancionadora, respetando los derechos de los presuntos responsables.

 

CONSIDERANDO que los hechos probados son constitutivos de una infracción conforme a lo dispuesto en el artículo 113.1 y 113.3 de la Ordenanza de Buen Gobierno, civismo y convivencia ciudadana.

 

CONSIDERANDO que según lo que determina el artículo 122 de la Ordenanza de Buen Gobierno a la infracción señalada como Ley le corresponde una sanción de multa de 60 a 180. - €.

 

Vistos los antecedentes mencionados, las disposiciones legales citadas, vengo en formular la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.

 

Primero. - SANCIONAR a D. DAVID CLAVIJO PAYA, con la multa de CIENTO OCHENTA EUROS (180. - €), como responsable de una infracción leve tipificada en el artículo 113.1 y 113.3 de la Ordenanza de Buen Gobierno, civismo y convivencia ciudadana.

 

Segundo. - NOTIFICAR la presente propuesta de resolución al interesado que, de conformidad con lo establecido en el Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el que aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionador, podrá presentar alegaciones, en el plazo de quince días, al final de los cuales, por la Alcaldía se dictará la Resolución definitiva que corresponda.

 

Sa Pobla, el 10 de octubre de 2012. El Alcalde. Biel Serra Barceló. Ante mí, el Secretario. Joan Marquès Company ". Están las firmas.

 

Lo que os lo comunico a los efectos oportunos.

 

Sa Pobla, 10 de octubre de 2012

 

El Secretario.

Joan Marquès Company