Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 12 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 22983
Juicio de faltas 1258/2012
CEDULA DE NOTIFICACION
En los autos de referencia se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: SENTENCIA NUM. 399/12 En Palma de Mallorca, a 6 de noviembre de 2012. Vistas por mí, María del Carmen González Miró, MAGISTRADA-JUEZ del Juzgado de instrucción núm. Doce de esta ciudad las presentes actuaciones de Juicio de Faltas núm. 1258/12 contra el orden público, en los que han sido partes el Ministerio Fiscal, representado por Dª. María Alonso, como denunciante el Agente de la Policía Local de Calvià con carné profesional M031, y como denunciado D. MORTEN BORGAARD, titular del pasaporte noruego nº 17083134; en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente sentencia. FALLO
DEBO CONDENAR y CONDENO a MORTEN BORGAARD, como autor criminalmente responsable de la Falta contra el orden público, prevista y penada en el art. 634 del Código Penal, a la pena de 40 días multa a razón de 6 euros/día, con responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago, a pagar de una sola vez o en la forma que se determine en ejecución de sentencia y pago de costas procesales. Si el condenado no satisficiere la multa impuesta, quedará sujeto a responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Abónese al denunciado el tiempo que estuvo privado de libertad por razón de esta causa. Notifíquese al denunciado por edictos. La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de PALMA DE MALLORCA en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación. El recurso debe formularse por escrito ante el Órgano Judicial que dictó la Sentencia y exponiendo las alegaciones en apoyo de sus pretensiones conforme establecen los arts. 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en forma a MORTEN BORGAARD, en ignorado paradero, extiendo y firmo la presente en PALMA DE MALLORCA, a veinte de noviembre de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO