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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 22767
Juicio de Faltas 646/2012

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Texto


CEDULA DE CITACION

En las actuaciones indicadas, iniciadas por denuncia de INMACULADA CONCEPCION VARA GUTIERREZ, se ha acordado citar a VdS INGRID RANDA TOMASZYK Y A SANDRA DORINA SCHMIDT EN JF 646/12 EN CALIDAD DE DENUNCIADAS, a fin de que el próximo día 31 DE ENERO DE 2013 A LAS 10 HORAS asista en la SALA DE VISTAS DE ESTE JUZGADO  a la celebración del Juicio de Faltas, seguido por HURTO (CONDUCTAS VARIAS), cuyos hechos ocurrieron en PALMA el día  de  de, en calidad de  DENUNCIADO, debiendo comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse. Si se tratare en su caso de persona jurídica, lo habrá de hacer a través de representante legal, acreditando en el acto del juicio tal carácter. Podrá igualmente comparecer asistido de Abogado si lo desea.

SE LE APERCIBE de que, si reside/tiene su sede o local abierto en este término municipal y no comparece ni alega justa causa que se lo impida, se le podrá imponer una multa de 200 a 2.000 euros. En caso de residir/tener su Sede o local/es fuera de este término municipal no tiene obligación de concurrir al acto del juicio, pudiendo dirigir escrito a este Juzgado en su defensa, así como apoderar a Abogado o Procurador para que presente en el acto del juicio las alegaciones y pruebas de descargo que tuviere, conforme a lo dispuesto en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

De conformidad con lo establecido en el art. 971 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal SE LE APERCIBE que la ausencia injustificada del denunciado no suspenderá la celebración ni la resolución del juicio siempre que conste habérsele citado con las formalidades prescritas el esta ley, a no ser que el Juez de oficio o a instancia de parte, crea necesaria la declaración de aquel.

En PALMA DE MALLORCA a 19 DE NOVIEMBRE  de 2012.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL