Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 22340
Divorcio Contencioso 34/2012
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA: 00475/2012S E N T E N C I A
JUEZ QUE LA DICTA: Dª RAFAELA RODRIGUEZ OLIVAS
Lugar: PALMA DE MALLORCA
Fecha: 14 DE SEPTIEMBRE DE 2012
PARTE DEMANDANTE: CARLOS RODRIGUEZ ILLESCAS
Abogado: ISABEL Mª ESTEVA
Procurador: ANTONIO BUADES
PARTE DEMANDADA: IRINA ARANOVNA BOIADJIAN
OBJETO DE JUICIO: DIVORCIO Nº 34/2012
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El procurador de los tribunales Antonio Buades en nombre y representación de Dº Carlos Rodríguez Illescas presentó ante este juzgado escrito de demanda solicitando el divorcio en base a los hechos y consideraciones que son de ver en su escrito inicial y después de alega
F A L L O
Se acuerda el divorcio del matrimonio contraído por Dº CARLOS RODRIGUEZ ILLESCAS Y Dª. IRINA ARANOVNA BOIADJIAN con todos los pronunciamientos inherentes a dicha declaración.
Sin hacer especial pronunciamiento en cuanto al pago de las costas de este juicio.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
LA MAGISTRADO/JUEZ,
MODO DE IMPUGNACION.- Contra la presente resolucion cabe interponer recurso de apelación, ante este juzgado, en el plazo máximo de veinte dias, en la forma que determina el articulo 457 de la L.E.Civil. No se admitirá a trámite el recurso si la parte al tiempo de prepararlo, no acredita documentalmente haber constituido el oportuno depósito para recurrir, mediante la consignación del importe de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado. Los Fundamentos de Derecho que consideró aplicables terminó suplicando sentencia de conformidad.
Y como consecuencia del ignorado paradero de IRINA ARANOVNA BOIADKIAN , se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
PALMA DE MALLORCA a dieciocho de Septiembre de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL