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AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA
Núm. 22620
Notificación resolución de expedientes sancionadores por infraccciones de la normativa reguladora de la ocupación de la vía pública con mesas y sillas.
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Puesto que no se ha podido notificar a las personas interesadas la resolución de Alcaldía dictada en fecha 6 de noviembre de 2012 de iniciar procedimiento sancionador como responsables de infracción de ocupación de la vía pública con mesas y sillas, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se procede a la notificación.
1º.- Proceder a la liquidación de oficio de la ocupación no autorizada de la vía pública con mesas y sillas, por plazo de un año, a los siguientes sujetos pasivos:
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Liquidación núm. 1253000205 576,00 euros
2º.- Iniciar procedimiento sancionador contra los titulares de las licencias de ocupación que consten en la relación antes indicada, conforme a las actas de inspección levantadas, como presuntos responsables de la infracción del artículo 16.3 c) de la Ordenanza municipal reguladora del uso de la vía pública al excederse en la superficie de ocupación o en el número de elementos autorizados.
La sanción correspondiente a la infracción prevé como sanción multa desde 301 a 600 euros/día (art. 17 de la citada ordenanza).
3º.- Nombrar como Instructora a la Sra. María P. Buades Cifre, concejala de la Policía Local y Secretaria del expediente, a la Sra. Catalina Bota Cifre, funcionaria de la Corporación.
4º.- Conceder a los interesados un plazo de 15 días para alegar y presentar los documentos y las justificaciones que estimen pertinentes de acuerdo con lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/92 de procedimiento administrativo común. Transcurrido este plazo sin que se hayan formulado alegaciones ni presentado documentación sobre el acuerdo de inicio, éste podrá considerarse como propuesta de resolución.
5º.- Ordenar a los interesados, como medida cautelar que no tendrá carácter de sanción, la retirada de los objetos que ocupen la vía pública sin la preceptiva licencia o incumpliendo las condiciones de la licencia otorgada, con la advertencia de que en caso de incumplimiento de lo ordenado en el plazo de 48 horas se procederá a la adopción de medidas para hacer efectiva la citada retirada.
6º.- Trasladar esta resolución a la Policía Local para la vigilancia de su estricto cumplimiento.
7º.- Notificar esta resolución a todos los interesados, a los efectos oportunos.”
Contra este acuerdo que pone fin a la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
Directamente el recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente a la publicación en el BOIB.
El recurso de reposición potestativo ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de éste. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Pollença, a 19 de noviembre de 2012.
El Alcalde
Bartomeu Cifre Ochogavia