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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SES SALINES

Núm. 22493
Concesión audiencia para alegar y presentar documentos y justificaciones pertinentes

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Atendido que se ha intentado dos veces sin que se haya podido practicar la notificación de la resolución que a continuación se transcribe, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, mediante esta publicación se notifica a la Sra. Micaela Burguera Burguera, el siguiente:

“DECRETO DEL CONCEJAL DELEGADO DE URBANISMO.- Visto que la arquitecta técnica municipal en informe emitido el 02/10/2012 hizo constar el deficiente estado de mantenimiento de los inmuebles situados en la calle Es Mollet, número 29 y 31, de ses Salines, con refs. catastrales núms.5448404ED0554N0001DB y 5448403ED0554N0001RB.

Visto que en el citado informe se señala que los indicados solares están sin cerrar y en estado de abandono y en su interior se han acumulado basuras. Se indican como trabajos a realizar, presupuesto y plazo de ejecución, los siguientes:

Trabajos a realizar:

Retirar toda la basura y residuos, con transporte, si procede, a Mac Insular o a otros vertederos autorizados según sea el material.

Realizar el cerramiento del solar con una altura de 1,40 metros.

Rehacer la acera.

Presupuesto: 11.215,00 euros

Plazo de ejecución: un mes

Visto que el estado en que se encuentra el mencionado solar incumple, entre otros, lo dispuesto por el artículo 55 de las Normas Subsidiarias de planeamiento de este municipio y por el ordenanza general municipal número 3, reguladora de la limpieza y cierre de solares.

Visto que el apartado primero del artículo 10 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre de disciplina urbanística de la CAIB, establece que los propietarios de terrenos, urbanizaciones, edificaciones e instalaciones tendrán que mantenerlos en condiciones de seguridad y salubridad. En el apartado segundo de este mismo artículo se establece que los ayuntamientos y en su caso los organismos competentes en materia de disciplina urbanística, de oficio o a instancia de cualquier persona, ordenarán la adopción de las medidas necesarias para conservar las indicadas condiciones.

Visto que a todos los efectos, el artículo 9.1 de la Ley 2/2008, de 20 de junio, de suelo, establece que el derecho de propiedad de los terrenos, las instalaciones, construcciones y edificaciones, comprende, cualquier que sea la situación en la que se encuentren, los deberes de dedicarlos a usos que no sean incompatibles con la ordenación territorial y urbanística; conservarlo en las condiciones legales para servir de apoyo al mencionado uso y, en todo caso, en las de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato legalmente exigibles; así como realizar los trabajos de mejora y rehabilitación hasta donde llegue el deber legal de conservación.

Visto el estado en que se encuentra el inmueble de referencia, y vista la normativa de aplicación, lo que procede es que por parte de este Ayuntamiento se dicte la correspondiente orden de ejecución ordenando la adopción de las medidas necesarias para conservar las condiciones de seguridad, salubridad y ornato legalmente exigibles.

Visto que, no obstante lo dispuesto en el apartado anterior, según lo dispuesto por el artículo 10, apartado 3º, de la mencionada Ley 10/1990, antes de dictar una orden de ejecución se tendrá que dar audiencia al interesado.

Dado que el trámite de audiencia mencionado más arriba no puede tener una duración inferior a diez días hábiles, según dispone el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.


Visto que según la información catastral a la cual tiene acceso este Ayuntamiento a través de la sede electrónica del Catastro, el titular de los inmuebles con refs. catastrales núms.5448404ED0554N0001DB y 5448403ED0554N0001RB es la Sra. Micaela Burguera Burguera.

 

Visto todo lo expuesto y atendidas las atribuciones que tengo delegadas por Decreto de la Alcaldía de 13/06/2011 RESUELVO:

PRIMERO.- Conceder un plazo de audiencia y vista de diez días hábiles a la Sra. Micaela Burguera Burguera, titular catastral de los inmuebles situados en la calle Es Mollet, número 29 y 31, de ses Salines, con refs. catastrales núms.5448404ED0554N0001DB y 5448403ED0554N0001RB, respectivamente, para que, durante el expresado plazo, pueda, como trámite previo a que se dicte la correspondiente orden de ejecución en los términos que a continuación se indicarán, alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes. El mencionado plazo de diez días hábiles empezará a contar a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

ORDEN:

Trabajos a realizar:

Retirar toda la basura y residuos, con transporte, si procede, a Mac Insular o a otros vertederos autorizados según sea el material.

Realizar el cerramiento del solar con una altura de 1,40 metros.

Rehacer la acera.

Presupuesto: 11.215,00 euros

Plazo de ejecución: un mes


SEGUNDO.- Disponer que se comunique a la persona interesada esta resolución para su conocimiento y a los efectos que se indican.

Ses Salines, 9 de octubre de 2012. El Concejal Delegado de Urbanismo. Juan Rodríguez Ginard.”

Lo que se hace público para el conocimiento de la/s persona/s interesada/s y a los efectos expresados en la resolución transcrita.


Ses Salines, 19 de noviembre de 2012

El Concejal Delegado de Urbanismo

Juan Rodríguez Ginard