Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 22651
Vacaciones 1560/2010
D/Dª ISABEL SUREDA SUREDA, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento VACACIONES 0001560 /2010 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª MANUELA RODENAS MEMBRILLERA, CAROLINA NOGUERA VELASCO , MARIA DEL MAR PADILLA SIERRA contra la empresa FUTURA BALEAR TELECOM SL, BONET RAMIS SL , COMERCIAL BONET PALMER SL , MOSEVA SL sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución:
D E C R E T O
Secretario/a Judicial D/Dª ISABEL SUREDA SUREDA
En PALMA DE MALLORCA, a uno de Junio de 2011
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-Dª. MANUELA RODENAS MEMBRILLERA,CAROLINA NOGUERA VELASCO Y MARIA DEL MAR PADILLA SIERRA presentó demanda frente a FUTURA BALEAR TELECOM SL,BONET RAMIS SL,COMERCIAL BONET PALMER SL,Y MOSEVA SL , incoándose el procedimiento VACACIONES 0001560 /2010.
SEGUNDO.- La parte actora ha presentado escrito desistiendo de su demanda -.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
ÚNICO.- Declarada por el actor su voluntad de abandonar el proceso iniciado por él y no habiéndose citado a juicio al demandado, procede tener al demandante por desistido de su demanda (Art. 20.2º LEC)
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo: Tener por desistido a de su demanda, y una vez firme esta resolución, se archivarán los autos.
Incorpórese el original al Libro de DECRETOS, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.
Notifíquese a las partes. - Y una vez verificado, notifíquese a las partes.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de CINCO DÍAS hábiles siguientes a su notificación. (Art. 186 y 187 de la LPL). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la del, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
Y para que sirva de notificación en legal forma a FUTURA BALEAR TELECOM SL, BONET RAMIS SL, COMERCIAL BONET PALMER SL en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a 19 de noviembre de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL