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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 22457
Disciplina: DS-2009/48-02 Archivo expediente sancionador
Como consecuencia del expediente incoado en este negociado por presunta infracción urbanística a Bul Invers Balear SLU, exp. nº. DS-2009/48-02 y dado que se ha intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Bul Invers Balear SLU de conformidad con los arts. 59-4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; y 194 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:
Elvira Salvà Armengod, jefa del departamento de Disciplina de obras, por delegación de acuerdo con el decreto de Alcaldía num. 22906 d’1.12.2011, publicado BOIB núm. 187 de 15.12.2011, le comunico que: Por decreto de Alcaldía num. 8586 de 16.05.2012, se ha dispuesto lo siguiente:
Visto el acuerdo del Consejo de Gerencia de Urbanismo de 26.05.11, por el cual se inicia a BUL INVERS BALEAR SLU, en calidad de copropietari, procedimiento sancionador por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en la calle camí Barraques 24 RR 05500124 consistentes en: Ampliación de la casa con paredes nuevas (+- 100 m2 planta baja y 45 m2 planta piso). También se ha cons truido una dependencia aparte de unos 50 m2 (cuadras o almacén) con la cubierta de tejas y una pared de marés de 12 ml y 2’5 de altura. El día de hoy se hacen obras en la fachada forrando las paredes de piedra. Obras no amparadas en la licencia CSS 2007/2781”.
Visto el informe emitido el 26.04.2012 por el TAG del Servicio, que se recoge en la parte dispositiva de este decreto.
Vistos los artículos de general aplicación, los artículos 105, 106 i 108 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, así como los incluidos en el Título III, capítulo I, II, III y IV del decreto 14/1994 de 10 de febrero (BOCAIB nº 21 de 17-02-94), por el cual se aprueba el reglamento del procedimiento a seguir por la administración de la CAIB; el art. 4-1-h) del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma (BOIB nº 98 de 28/06/05); el arte. 21 y 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, modificada por la Ley 57/03 de medidas para la modernización del Gobierno Local; el arte. 35 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística de la CAIB , y vistos los decretos de Alcaldía núm. 11918, de nombramiento de los titulares de las áreas de Gobierno, de 13 de junio de 2011, y el Decreto de Alcaldía núm. 5309 de 26 de marzo de 2012, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, y otra normativa aplicable, la instructora que suscribe, considera que el Teniente de Alcalde del Área de Urbanismo y Vivienda, podría dictar el siguiente:
D E C R E T O
1º ARCHIVAR el expediente sancionador por infracción urbanística GRAVE frente BUL INVERS BALEAR SLU (CIF B 5745869), como empresa constructora, por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en el camí Barraques 24 RR 05500124 consistentes en: Ampliación de la casa con paredes nuevas (+- 100 m2 planta baja y 45 m2 planta piso). También se ha construido una dependencia aparte de unos 50 m2 (cuadras o almacén) con la cubierta de tejas y una pared de marés de 12 ml y 2’5 de altura. El día de hoy se hacen obras en la fachada forrando las paredes de piedra. Obras no amparadas en la licencia CSS 2007/2781”.
CONSIDERANDO
Las actas de inspección de 29.01.2009 y 9.03.2009 identifican como interesados únicamente al Promotor y Propietario (Sr. Enrique de Juan González). Figuran fotografías de operarios trabajando y figura identificado el operario sr. CASIANO ROJAS, pero no se identifica ninguna empresa constructora.
La condición de interesado-promotor en el expediente de demolición de la entidad BUL INVERS BALEARS SLU deriva del indicio consistente en que esta empresa fue designada constructora en la licencia CSS 2007/2781, sobre reparación tejado.
Sin embargo, en la solicitud de licencia formulada el 29.01.2009 (CSS 09/241) y el 23.04.2009 (CS 09/1059) figura designada como empresa constructora la entidad “L’entorn 998” construccions”
Por tanto, de acuerdo con el art. 137 LRJPAC, procede archivar las actuaciones frente a la entidad BUL INVERS SL, al no figurar probado que la citada entidad sea responsable de la construcción de las obras denunciadas.
Lo que le notifico a los efectos oportunos. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción de la Ley 4/99 de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir esta publicación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.
El recurso potestativo de reposición deberá presentarse ante el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a las que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contencioso administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el art. antes citado y el 45 i siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de esta publicación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que considere conveniente.
Para el Servicio de Registro de documentos, Caja, así como Información General y Fiscal, se pueden dirigir a las siguientes Oficinas: OAC Cort Pl. Santa Eulàlia, 9; OAC Sant Ferran Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policia Local); OAC S’Escorxador, c. Emperadriu Eugènia, 6 (S’Escorxador); OAC S’Arenal, Av Amèrica, 11 (S’Arenal); OAC Avingudes , Av. Gabriel Alomar, 18 (Edifici Avingudes); OAC Es Coll d’en Rabassa, c. Cardenal Rossell, 96 (Coll d’en Rebassa); OAC Son Ferriol, Av. Cid, 8 (Son Ferriol); OAC Sant Agustí, c. Margaluz, 30 (Sant Agustí). OAC Son Pacs, Cm Reis, 400, (Son Pacs). OAC Pere Garau, c. Pere Llobera, 9. Horario de atención al Público: Todo el año de 8.30 a 14 h de lunes a viernes. Horario ampliado de octubre a mayo: de lunes a jueves de 8.30 a 17 h, a l'OAC AVINGUDES, Av. Gabriel Alomar, 18. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en la OAC Cort, Plaza Sta. Eulália,9 (sólo Registre).
Palma, 15 de noviembre de 2012
La jefa de Departamento de Disciplina urbanística y Seguridad de los Edificios
(p.d. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012, BOIB nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod