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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 22425
Disciplina.DO-2008/134. Acuerdo ordenar demolición.
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística, a Bartolomé Crespí Piza, expte. nº DO-2008/134, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Bartolomé Crespí Piza, de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que trascrito dice:
Elvira Salvà Armengod, jefe de departamento, por delegación (Decreto de Alcaldía núm. 22906 de día 01.12.2011, publicado en el BOIB núm. 187 de 15.12.2011), le notifica que, por acuerdo del Consejo de Gerencia Urbanismo de fecha 4 de septiembre de 2012, se ha dispuesto lo siguiente:
Dado que, de conformidad con los artículos 67.1 y 68 de la Ley 10/90 de 23 de octubre de disciplina urbanística de la CAIB, ha transcurrido el plazo de diez días concedido a los titulares de las obras o terrenos que se relacionan a continuación , sin que se hayan presentado alegaciones a la propuesta de demolición o reconstrucción.
CONSIDERANDO lo previsto en el artículo 4.1.h, 4.2.ey 4.2.l del vigente Reglamento de la Gerencia de Urbanismo, el instructor que suscribe propone al Consejo de Gerencia de Urbanismo que adopte el siguiente
A C O R D
1º. ORDENAR, vistos los artículos 67.1 y 68 de la Ley 10/90, de 23 de octubre de disciplina urbanística de la CAIB en Bartolomé Crespí Pizá (prop), que proceda a la retirada / demolición de las obras realizadas en el camino Establecedores, RR 04500051, consistentes en: "obras sin licencia en el lugar que ocupa una instalación de lona, con pared de bloques de hormigón de 20cm. (6 x 4 m. Y 2'50 de altura). La caseta tiene puertas y ventanas. (Informe de la UTIB de 04/04/08). Construcción sobre las paredes de unos 10m ² más de pared y colocación de cubierta inclinada con 8 vigas de hormigón, ladrillo plana de cerámica y tejas de unos 25m ². Instalación junto a la casa una caseta de hierro de unos 12m ² de superficie aprox. (Informe de la UTIB de 05/22/08). Pintado de la casa. Construcción de 2 pilares de hormigón armado para poner una grúa para usos agrícolas. Excavación para hacer una cisterna para agua pluvial, de 3 x 3m. y 1m. de profundidad. Forrado con ladrillos de hormigón. (Informe de la UTIB de 15.10.09) ", así como cualquier otro tipo de obras o instalaciones instalaciones realizadas sin la preceptiva licencia municipal, para restituir la vivienda en el estado en que se encontraba antes de la comisión de la infracción urbanística. Visto que las citadas obras no están amparadas en ninguna licencia de obras y visto el informe de los servicios técnicos de fecha 09/11/2008 que indica que las obras son ilegalizables. Antes de iniciar la demolición se deberán cumplir las condiciones de demolición que se indican en el informe técnico de 04/01/2012, el cual dice "Las siguientes condiciones se deberán considerar de obligado cumplimiento antes de iniciar la demolición:
1. Redactar estudio básico de seguridad y salud.
2. Nombrar Coordinador de Seguridad.
3. En cumplimiento de lo preceptuado en la "Resolución de inicio del servicio público obligatorio insularizado para la gestión de los residuos de construcción, demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca" publicado en el BOIB de 15 a 11 - 2005, deberá cumplirse lo previsto en el artículo 9 del "Plan Director Sectorial para la gestión de los residuos de construcción - demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca" (BOIB 23-11 - 2002), obteniendo la siguiente documentación:
- Contrato con MAC Insular para gestionar los residuos generados.
- Evaluación del volumen y las características de los residuos que se originan.
- Evaluación, en su caso, de los residuos (tierras y desmontes no contaminantes) que no necesitan ningún tipo de tratamiento y que se puedan destinar directamente a restauración de canteras.
- Medidas previstas de separación en origen o reciclaje "in situ" durante la fase de ejecución de la obra.
- Valoración económica del coste de la gestión adecuada de los residuos generados.
4. Deberá nombrar de la empresa constructora de la Asociación de Constructores de Baleares, o bien un compromiso, firmado por usted y el constructor, y una copia del IAE o del documento de calificación empresarial.
EL PLAZO DE LA EJECUCIÓN SERÁ: 3 MESES
Indicar que para llevar a cabo la demolición de las obras denunciadas deberá disponer de toda la documentación que se relaciona a las condiciones de la demolición, sin que sea preceptiva la solicitud de una licencia municipal de obras.
2 º. Apercibir a los interesados, de conformidad con el artículo 67 y siguientes de la Ley 10/90 de disciplina urbanística de la CAIB, que el incumplimiento de esta orden de demolición, retirada o reconstrucción podrá dar lugar a la ejecución subsidiaria por parte de este Ayuntamiento, por lo que se solicitará presupuesto a la empresa adjudicataria para la realización de obras por vía de ejecución subsidiaria. Desde el momento en el que se pide la presentación de presupuesto, se considerará iniciada la ejecución subsidiaria y todos los gastos que se originen para la preparación y posterior ejecución subsidiaria de las obras descritas en el apartado 1 de este acuerdo, correrán a cargo del propietario obligado.
3 º. Poner este acuerdo en conocimiento del DEPARTAMENTO FINANCIERO a los efectos de recaudación de los tributos pertinentes.
4 º. NOTIFICAR el presente acuerdo a los interesados y dar cuenta al Negociado de Expedientes Sancionadores para iniciar / continuar el expediente sancionador.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada al mismo por la Ley 4/99, de 13 de enero y el art. 33 del vigente Reglamento de la Gerencia de Urbanismo. El plazo para interponerlo es de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto, no pudiendo, en este caso, interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo deberá presentarlo en el Registro General de este Ayuntamiento, o en las dependencias a que se refiere el art. 38.4º de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, a contar del día siguiente a su interposición, quedando en este caso expedita la vía contencioso-administrativa.
De no utilizar el recurso potestativo de reposición, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo anteriormente citado, y a los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación del presente edicto. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.
Le recuerdo que, de acuerdo con el art. 14 del Estatuto de Autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística respecto a las futuras notificaciones que se realicen.
Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, puede dirigirse a las siguientes oficinas: OAC AVINGUDES- Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avingudes); OAC CORT- Pl. Santa Eulàlia, 9, bjs. (Ajuntament); OAC PERE GARAU- c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ- c. Margaluz, 30; OAC SANT FERRAN- Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policía Local); OAC S’ARENAL- Av. América, 11; OAC S’ESCORXADOR- c. Emperadriu Eugènia, 6; OAC SON FERRIOL- Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h. de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h. de lunes a jueves (OAC Avingudes). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h. en OAC Cort (sólo registro).
Palma, 09 de Noviembre de 2012
La jefe de departamento de Disciplinay Seguridad de los Edificios,
P.D. Decreto de Alcaldía nº 10434de 8/6/2012 (B.O.I.B. nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod