Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Núm. 22507
Corrección de errores de la versión catalana de la Resolución del Consejero de Administraciones Públicas, de 23 de octubre de 2012, y anuncio de la Resolución por la que se autoriza la alienación, en cuarta convocatoria, en subasta pública de los bienes inmuebles que no se consideran necesarios para la prestación de un servicio público de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (Exp DGPCOP/SP 353/2011)
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Antecedentes
1. Por medio de la Resolución del Consejero de Administraciones Públicas de 23 de octubre de 2012, y anuncio de la Resolución por la que se autoriza la alienación en cuarta convocatoria, en subasta pública, de los bienes inmuebles que no se consideran necesarios para la prestación de un servicio público de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, publicada en el BOIB nº 169, de 15 de noviembre de 2012, se sacó a subasta pública en cuarta convocatoria, el edificio denominado Can Fàbregues.
2. Se ha observado un error en la valoración del edificio (versión catalana).
Fundamentos de derecho
1. El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, establece que las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto o la disposición.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Primero. Rectificar el error observado en la versión catalana de la Resolución del Consejero de Administraciones Públicas, de 23 de octubre de 2012, y anuncio de la Resolución por la que se autoriza la alienación, en cuarta convocatoria, en subasta pública de los bienes inmuebles que no se consideran necesarios para la prestación de un servicio público de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en los términos siguientes:
En la parrilla donde se especifican los datos del edificio de Can Fàbregues, en el apartado titulado: Valoración/tipo mínimo,
Donde dice:
1.191.186, 61
Debe decir:
1.091.186,61
Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Marratxí, 20 de noviembre de 2012
El Consejero de Administraciones Públicas
José Simón Gornés Hachero