Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR
Núm. 22049
Elección de Juez de Paz
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Visto que con fecha de 7 de enero de 2013 finaliza el periodo de 4 años por el que se nombró Juez de Paz y sustituto de éste municipio y, por tanto, habiendo de proceder a la elección del Juez de Paz y cumpliendo lo que dispone el Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, se pone en conocimiento que se abre un periodo de quince días a fin que las personas interesada que reúnan las condiciones legales, lo soliciten por escrito dirigido a ésta alcaldía.
A la secretaria del Ayuntamiento se puede examinar el expediente y pedir la información que se necesite referente a los requisitos, duración del cargo, etc. En caso que no hubiere solicitantes, el Pleno de la corporación elegirá libremente, comunicando el acuerdo al Juzgado Decano del partido judicial.
Para ser juez de paz se requiere ser español, mayor de edad y no estar incurriendo en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Este edicto se publicará en el BOIB y mediante edictos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción del Partido o Juzgado Decano y en el propio Juzgado de Paz.
Lo que se publica para el conocimiento general
Sant Llorenç des Cardassar a 7 de noviembre de 2012
El batle
Mateu Puigròs Sureda