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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 22327
Resolución del Consejero de Administraciones Públicas por la cual se autoriza la cesión de uso gratuita y temporal a favor de la Asociación Cultural Castell de Peralada de determinados documentos que se encuentran depositados en el Archivo del Reino de Mallorca

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Texto

 Antecedentes

El Archivo y Biblioteca del Palacio de Peralada organiza una exposición con el título “Els comtes de Peralada i Mallorca”, que permanecerá abierta todo un año.

En esta exposición se quiere recoger parte del material de los fondos propios del Archivo de Peralada y, además, algunos documentos del Archivo del Reino de Mallorca, vista la relevancia que tienen para la historia de esta estirpe ampurdanesa y mallorquina.

Por este motivo, la bibliotecaria y comisaria de la exposición solicitó, en fecha 9 de mayo de 2012, en préstamo los documentos que se mencionan a continuación:

Pergamino CDXVII, Ar. A - Est. 11 (año 843)

Pergamino MCXL, Ar. C – núm. 7 (año 1212)

Pergamino DCCCLXXXII, Ar. C - Est. 1 (año 1274)

Título de Grande de España de Guillem de Rocafull

Túmulo funerario de la condesa... Legajo 38 H – Pl. 1-3

Proyecto para la realización de un acueducto Legajo 4-1 H – Pl. 2

Menú 15 de noviembre de 1894 Fons Antic Legajo 57 H, 1

Menú 18 de noviembre de 1894 Fons Antic Legajo 57 H, 2

Menú 17 de noviembre de 1894 Fons Antic Legajo 57 H, 3

El pasado 14 de mayo, el Director del Archivo del Reino de Mallorca, después de asegurar que uno de los motivos de la exposición es mostrar la documentación del antiguo Condado de Peralada, que se remonta a la alta edad media y que hoy forma parte del Archivo del Marqués de la Torre, fondo nobiliario adquirido por el Gobierno de las Illes Balears y depositado en el Archivo del Reino de Mallorca, emitió un informe favorable sobre la cesión en préstamo de los documentos antes mencionados y, a continuación, el 28 de mayo expuso a la comisaria de la exposición las condiciones que habrían de regir la cesión.

El 31 de mayo de 2012 la Secretaria General de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades emitió un informe favorable sobre la oportunidad e interés de la cesión.

De acuerdo con todo lo expuesto, el Consejero Educación, Cultura y Universidades, el 11 de junio de 2012 dictó una resolución que instaba al Consejero de Administraciones Publicas a ordenar el inicio del expediente.

En fecha 19 de julio, con Registro de Entrada núm. 11761/2012, llegó a la Consejería de Administraciones Públicas el expediente mediante un oficio de la Directora General de Cultura y Juventud.

El 5 de setiembre de 2012 el Consejero de Administraciones Publicas resolvió, a propuesta de la Directora General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas, el inicio del expediente.

Fundamentos de derecho

 Los artículos 63, 64, 72 i 87 g de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

 Los artículos 128, 129, 130 i 142 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

El Decreto 10/2011, de 18 de junio, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 91 ext., de 20 de junio).

El Decreto 11/2011, de 18 de junio, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 91 ext., de 20 de junio).

El Decreto 12/2011, de 18 de junio, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 91 ext., de 20 de junio), modificado por el Decreto 23/2011, de 5 de agosto (BOIB núm. 119, de 6 de agosto) y el Decreto 33/2011, de 4 de noviembre (BOIB núm. 166, de 5 de noviembre).

El Decreto 81/2011, de 22 de julio, por el cual se nombra la Directora General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas de la Consejería de Administraciones Públicas (BOIB núm. 112, de 23 de julio).

 Propuesta de resolución

 Propongo al Consejero de Administraciones Públicas que dicte una resolución en los términos siguientes:

Autorizar la cesión de uso gratuita y temporal por un período de un año a favor de la Asociación Cultural Castell de Peralada de los documentos que se relacionan a continuación:

Pergamino CDXVII, Ar. A - Est. 11 (año 843)

Pergamino MCXL, Ar. C – núm. 7 (año 1212)

Pergamino DCCCLXXXII, Ar. C - Est. 1 (año 1274)

Título de Grande de España de Guillem de Rocafull

Túmulo funerario de la condesa... Legajo 38 H – Pl. 1-3

Proyecto para la realización de un acueducto Legajo 4-1 H – Pl. 2

Menú 15 de noviembre de 1894 Fons Antic Legajo 57 H, 1

Menú 18 de noviembre de 1894 Fons Antic Legajo 57 H, 2

Menú 17 de noviembre de 1894 Fons Antic Legajo 57 H, 3

2. Establecer, para la cesión, las características siguientes:

a) La cesión gratuita de uso se hace por un período de un  año.

b) Para la cesión se tendrán que respetar las condiciones impuestas por el Director del Archivo de Mallorca en su escrito de 28 de mayo de 2012.

c) La cesión gratuita de uso comporta para el cesionario la asunción de los gastos de conservación y mantenimiento que se deriven de los bienes que se ceden.

d) La cesión gratuita de uso comporta la obligación por parte de la cesionaria de devolver los bienes objeto de la cesión de uso cuando se acabe la cesión en las mismas condiciones y perfecto estado en que reconoce recibirlos.

e) Si los bienes y derechos cedidos no se destinan al uso que prevé el acta que autoriza la cesión o dejan de destinarse a él posteriormente, se considerará revocada la cesión y revertirán a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la cual tendrá derecho a percibir del cesionario, habiendo hecho previamente la tasación pericial pertinente, el valor de los deterioros que hayan experimentado.3. Notificar la Resolución a las partes interesadas.

3. Notificar la Resolución a las partes interesadas.

4. Anotar la cesión de uso gratuita y temporal en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears

Interposición de recursos

 Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de haberse publicado la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

 

Palma, 6 de noviembre de 2012

La Directora General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas
Ana María García Serrano
Conforme con la propuesta. Dicto resolución.
Marratxí,
El Consejero de Administraciones Públicas
José Simón Gornés Hachero