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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 22288
Notificación de inicio de procedimiento sancionador en materia de ordenanzas municipales del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

NOTIFICACIÓN DE INICIO DE PROCEDIMENTO SANCIONADOR EN MATERIA DE ORDENAZAS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE  SANT JOSEP DE SA TALAIA.

Intentada por este Ayuntamiento la notificación de denuncias de los expedientes sancionadores que se relacionan a continuación, y ante la imposibilidad de practicarse estas notificaciones personalmente a los interesados, se realizan por este medio, comunicando a los denunciados que se ha formulado denuncia, los datos de la cual se expresan y que ha dado lugar al inicio del expediente sancionador que se detalla a continuación.

Denunciado: Herederos de Jose Luis Lopez Campos

NIF:14821677V     

Expediente: SE-107/12

Precepto infringido: artículo 63 y artículo 2 de la Ordenanza municipal  de gestión de residuos urbanos y limpieza pública (BOIB número 81, del 28-05-2005).  

Por todo ello le comunicamos que de conformidad con lo establecido en el artículo 135 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre y artículo 8.3 del Decreto 14/1994, de 10 de Febrero, Reglamento del Procedimiento a seguir en el ejercicio de la potestad sancionadora de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se le concede un plazo de 15 días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para que presente en este Ayuntamiento las alegaciones que considere adecuadas a su defensa y aporte o proponga las pruebas que estime oportunas. Los expedientes se encuentran en el Departamento de Actividades del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, calle Pere Escanellas, número 12-16 de Sant Josep. De no presentarse escrito de alegaciones ni aportarse o proponerse pruebas dentro del plazo citado anteriormente, o cuando no figuren en el procedimiento ni se tengan en cuenta otros hechos ni otras alegaciones que las realizadas por el interesado, el presente acuerdo de iniciación podrá ser considerado como propuesta de resolución, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 8.4 del Decreto 14/1994, de 10 de Febrero. 

Lo que se hace público en cumplimiento de lo que disponen los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Sant Josep de sa Talaia, 13 de Noviembre de 2012

La Alcaldesa, Maria Nieves Marí Marí.