Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARIA DEL CAMÍ
Núm. 22261
Subsanación error material
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Debido a un error de transcripción, se hace constar que el art. 6 en su primer párrafo de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el uso de las instalaciones deportivas municipales, debe ir redactado en los términos siguientes:
“Los usuarios empadronados gozaran de una bonificación del 50% del importe de las tarifas del art. 5”.
Santa Maria del Camí, 16-11-2012
LA ALCALDESA-PRESIDENTA
Mª Rosa M. Vich.