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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSORCI MIRALL SANTA MARGALIDA

Núm. 22187
Edicto Disolución del Consorci Pla Mirall Santa Margalida para la integración en el nuevo Consorci d' Infraestructures de les Illes Balears

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Texto


Disolución del Consorci Pla Mirall Santa Margalida para la integración en el Nuevo Consorci d’infraestructuras de les Illes Balears

 

Se hace público que la Junta Rectora del Consorci Pla Mirall Santa Margalida, en sesión de día 8 de noviembre de 2012, adoptó el siguiente acuerdo:

 

“8.- APROBACIÓN DE LA DISOLUCIÓN DEL CONSORCI PLA MIRALL SANTA MARGALIDA POR INTEGRACIÓN EN EL NUEVO CONSORCI DE INFRAESTRUCTURES DE LES ILLES BALEARS Y DELEGACIÓN EN EL PRESIDENTE DEL CONSORCI PLA MIRALL DE SANTA MARGALIDA PARA LOS TRÁMITES DE DISOLUCIÓN Y EFECTIVA EXTINCIÓN.

 

 Con el fin de racionalizar el sector público instrumental de la Comunitat Autónoma, el Govern de les Illes Balears, mediante Consejo de Gobierno día 21 de Septiembre de 2012, ha aprobado la creación del Consorci d’Infraestructures mediante la fusión, entre otras, del Consorci Pla Mirall de Santa Margalida y la aprobación de sus Estatutos (BOIB nº 140 , de 25 de Septiembre de 2012).

 

La creación de este Consorcio estaba prevista en la primera fase del Proyecto de Reestructuración del Sector Público Instrumental de les Illes Balears (punto 11 del anexo I), aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de Abril de 2012.

 

 Estas actuaciones se enmarcan en la necesidad cumplir aquello que prevé la disposición adicional octava de la Ley 9/2011, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears para el año 2012 (BOIB nº 195 ext., de 30 de Diciembre de 2011) que autoriza al Govern de les Illes Balears porque, a todos los efectos, haga todas las actuaciones que hagan falta, normativas y de ejecución, con objeto de racionalizar y reducir el conjunto de las entidades instrumentales de la Comunitad Autónoma.

 

Es por esto que es necesario proceder a la disolución del consorcio por integración de sus activos y pasivos en el nuevo Consorci d’Infraestructures de less Illes Balears, creado por razones de economía y eficiencia.

 

 De acuerdo con los artículos 12 y 17 de los Estatutos del Consorci Pla Mirall de Santa Margalida, corresponde a la Junta Rectora del Consorcio, como órgano de gobierno del mismo, la disolución del consorcio. Los acuerdos que adopte la Junta Rectora del Consorcio relativos a la disolución y liquidación del Consorcio, y también los referentes a su transformación en otra entidad, se han de adoptar por unanimidad de los miembros con derecho a voto en esta Junta y la ratificación de las entidades que sean miembros del Consorcio con derecho a voto en este.

 El artículo 15.7 de los Estatus prevé que corresponde a la Presidencia del Consorcio ejercer las funciones que le delegue la Junta Rectora.

 

 Por lo tanto, y visto lo anterior, la Junta Rectora por unanimidad de sus miembros adopta los siguientes acuerdos:

 

- Aprobar la disolución del Consorci Pla Mirall Santa Margalida por integración en el Consorci d’Infraestructures de les Illes Balears, creado por acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión de día 21 de septiembre de 2012 (BOIB nº. 140 , de 25 de Septiembre de 2012), sin perjuicio de la ratificación por parte de las entidades consorciadas, de acuerdo con lo que prevé el artículo 17.4 de los Estatus del Consorci Pla Mirall Santa Margalida.

 - Acordar que todos los bienes, derechos y obligaciones del Consorci Pla Mirall de Santa Margalida   se integren en el nuevo Consorci d’Infraestructures de les Illes Balears, a la fecha de ratificación de la disolución del Consorci Pla Mirall Santa Margalida por parte del Consejo de Gobierno de las Illes Balears.

- Las cuentas anuales del ejercicio 2012 del Consorci Pla Mirall Santa Margalida, a fecha 31 de Octubre de 2012, una vez auditados y aprobados por la Junta Rectora del mismo, serán las cuentas de integración en el Consorci d’Infraestructures de las Illes Balears.
 

- Facultar al Presidente del Consorcio, como órgano de gobierno y de gestión, a llevar a término todos los trámites tendentes a la disolución y efectiva extinción del Consorci Pla Mirall Santa Margalida para su integración en el Consorci d’Infraestructures de les Illes Balears.
 

- Notificar estos acuerdos a los interesados, y en especial al Ayuntamiento de Santa Margalida, a la Consejería de Turismo y Deportes, a los efectos de su ratificación, de acuerdo con lo que prevé el artículo 17.4 de los Estatus.

- Ordenar la publicación de estos acuerdos en el Boletín Oficial de las Illes Balears.”

 

Lo que se publica en cumplimiento de la normativa aplicable.

 

Santa Margalida, 9 de Noviembre de 2012.

 

El Presidente

Miguel Cifre Ferrer