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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 21466
Ejecución de Títulos Judiciales 0000259/2012.

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Texto

 

Nº AUTOS: EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 0000259/2012

D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000259 /2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ANTONIO JAUME CAMPOMAR contra la empresa  GAETE METALES SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

AUTO

Magistrado/a-Juez

Sr/Sra. D/Dª.  RICARDO MARTIN MARTIN

En PALMA DE MALLORCA, a veintitrés de Octubre de dos mil doce.

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, ANTONIO JAUME CAMPOMAR, frente a  GAETE METALES SL, parte ejecutada, por importe de 24178,98 euros en concepto de principal, más otros 4900 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

DECRETO

Secretario/a Judicial D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO

En PALMA DE MALLORCA, a veintitrés de Octubre de dos mil doce

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Y para que sirva de notificación en legal forma a  GAETE METALES SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ISLAS BALEARES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

 

En PALMA DE MALLORCA, a veintitrés de Octubre de dos mil doce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL