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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 21322
Juicio de Faltas 58/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª.  MARIA NIEVES AFAN DE RIVERA JIMENEZ, Secretario de JDO. INSTRUCCION N. 8 de PALMA DE MALLORCA.

POR EL PRESENTE HAGO CONSTAR: Que en los autos de JUICIO DE FALTAS nº 0000058 /2012 ha recaído Sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal:

“En Palma, a tres de octubre de dos mil doce

     Vistos por mí, D. TOMÁS MÉNDEZ LÓPEZ, Magistrado-Juez de Refuerzo del Juzgado de Instrucción nº 8 de Palma y su partido, los autos del Juicio de faltas nº 58/2012, incoados por una presunta falta de LESIONES, siendo denunciante, JUAN MORALES PRIETO, y denunciado, JUAN LÓPEZ ALARCÓN, habiendo intervenido el MINISTERIO FISCAL como acusación, y en su representación Dña. Dolores Rodríguez, procedo a dictar la siguiente resolución, basándome para ello en los siguientes:

  FALLO: Que debo CONDENAR y CONDENO a JUAN LÓPEZ ALARCÓN, como autor responsable de una falta de LESIONES prevista y penada en el artículo 617.1 del Código Penal, a la pena de 30 días de multa con una cuota diaria de 6 euros (180 euros) y que indemnice a Juan Morales Prieto en la suma de 2.597,69 euros por las lesiones causadas, con una responsabilidad personal subsidiaria de un dia de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas, previa excusión de sus bienes, y, con expresa imposición de las costas causadas.

     Contra esta Sentencia, cabe Recurso de Apelación, a interponer, en su caso, ante este Juzgado, en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación, que se formalizará y substanciará conforme a lo dispuesto en los Artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Concuerda bien y fielmente con su original al que me remito y para que así conste y sirva de notificación a Juan López Alarcón, extiendo y firmo el presente testimonio en PALMA DE MALLORCA, a diecisiete de Octubre de dos mil doce.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL