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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 21248
Juicio de Faltas 1594/2011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto


DÑA. MARIA LOURDES PEÑA ARANGÜREN SECRETARIO   DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 003 DE PALMA DE MALLORCA

DOY FE Y TESTIMONIO:

QUE EN EL Juicio de Faltas nº 1594/11 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Que debo condenar y condeno a Jorge Alberto Guerra como autor penalmente responsable de una falta de amenazas,  a la pena de VEINTE DÍAS MULTA, con cuota diaria de seis euros, quedando sujeto en caso de impago de la misma, a una responsabilidad personal subsidiaria, previa exacción de sus bienes, de un día de localización permanente por cada dos cuotas diarias no satisfechas, con la obligación de permanecer en su domicilio; asimismo, debo condenar y condeno a Jorge Alberto Guerra a la pena de PROHIBICIÓN PERMANNETE DE COMUNICACIÓN con Felipe Amengual Bestard, cualquiera de sus familiares y con la asistenta de su hogar María Celia Fernández Cabrera, por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, y establecer contacto escrito, , verbal o visual por el plazo de SEIS MESES, bajo el apercibimiento de incurrir

En caso de conculcación en un delito de quebrantamiento de condena.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia  a JORGE ALBERTO GUERRA, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, expido la presente en PALMA DE MALLORCA  a diecinueve de octubre de dos mil doce.

 EL/A SECRETARIO

En PALMA DE MALLORCA a 19 de Octubre de 2012.