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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 21478
Ejecución de Títulos Judiciales 282/2010

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto


D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000282 /2010 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de   GESGRUP OUTSOURCING SL,  PERSONAL 7 ETT SA   contra D. OSCAR PROUS DE LA HERAS sobre ORDINARIO, se ha dictado la  resolución que contiene los hechos y parte dispositiva siguientes :

D E C R E T O

Secretario/a Judicial D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO

En PALMA DE MALLORCA, a veintinueve de Octubre de dos mil doce

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- En el presente EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000282 /2010 se han embargado los siguientes bienes:

URBANA .- vivienda en la segunda planta alta, puerta C , edificio—señalado—con números 4,5,9,11,13,15,17,19,21,23,25,27 ,29 y treinta y uno de la calle Juan de Austria , equina C/ General Luque s/n, de la ciudad de Inca, con acceso por el zaguán , escalera y ascensor E-1 , con portal señalado con el número 5 de la calle Juan de Austria .

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

- Designar como perito tasador al adscrito en la Administración de Justicia,  para que proceda a la valoración de los bienes embargados en este procedimiento.

- Notificarle la designación a los efectos de aceptación del cargo, que deberá efectuar en el día siguiente hábil, de no concurrir causa de abstención que lo impida.

- Notificar el nombramiento a las partes o terceros que tengan derechos sobre los bienes a tasar a fin de que, dentro del segundo día, puedan designar otros por su parte, con la prevención de que, si no lo hicieran, se les tendrá por conformes.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

   EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Se advierte al destinatario D. OSCAR PROUS DE LA HERAS que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a treinta  de Octubre de dos mil doce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL