Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SES SALINES
Núm. 21441
Aprobación definitiva modificación de crédito núm. 3/2012 después de resolver alegaciones
Vistos los artículos s 169.1 y 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se hace público que contra el acuerdo de aprobación inicial del expediente de modificación de crédito 3/2012 de suplemento extraordinaria en el vigente presupuesto, adoptado por la corporación del Ayuntamiento en sesión de 11 de julio de 2.012, se presentaron alegaciones contra la citada modificación de créditos que se resolvieron desestimándose en la sesión ordinaria de día 12 de septiembre de 2.012, por lo que queda aprobado definitivamente, y a continuación se transcribe a nivel de capítulos la partida afectada:
Contra la aprobación definitiva de la modificación de créditos se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, dentro del plazo establecido y en la forma que establecen las normas de dicha jurisdicción, conforme con lo dispuesto en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción o bien cualquier otro recurso que se considere oportuno.
DESCRIPCIÓN GASTO |
PARTIDA |
IMPORTE |
CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS |
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Subvención Església Ses Salines |
48014 |
47.000,00 |
TOTAL |
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47.000,00 |
Ses Salines, a 7 de noviembre de 2.012
El alcalde-presidente,
Bartolomé Lladonet Salvá