Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 21 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 21277
Procedimiento ordinario 0000763/2011
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente :
SENTENCIA: 00141/2012
SENTENCIA: 00140/2012
En Palma de Mallorca, a 13 de septiembre de 2012.
Vistos por mí, Dª CRISTINA ESCRIBANO GONZÁLEZ, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 21 de los de Palma de Mallorca y su partido, los presentes autos de Juicio Ordinario 763/11 en materia de reclamación de cantidad, instados por DETECAMI SAU, cuya representación se ejerce por el Procurador de los Tribunales, Dª Sara Truyols Álvarez-Novoa, y su defensa por el Letrado, D. Sebastián de Pascual Grifé contra CERIVES XXI, SL, en situación de rebeldía procesal, ha recaído sobre los mismos la presente resolución judicial.
FALLO
ESTIMO sustancialmente la demanda, formulada por el Procurador de los Tribunales, Dª Sara Truyols Álvarez-Novoa, en nombre y representación de DETECAMI SAU contra CERIVES XXI, SL, y en consecuencia, debo CONDENAR Y CONDENO a la demandada a abonar a la actora:
Todo ello, con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandada.
Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos llevando el original al Libro de Sentencias de este Juzgado.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles sabe que contra la misma, cabe interponer Recurso de Apelación, ante este Juzgado, en el plazo máximo e improrrogable de VEINTE DÍAS, en la forma que determina el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Hágase saber a las partes que no se admitirá a trámite el recurso si la parte al tiempo de interponerlo, no acredita DOCUMENTALMENTE haber constituido el oportuno depósito para recurrir (D.A 15ª LOPJ), mediante la consignación del importe de 50 euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado haciendo constar dicho concepto.
Por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- La anterior Sentencia fue leída y publicada por la Sra. Magistrado Juez que la suscribe, estando celebrando Audiencia Pública, el día de la fecha; doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de la entidad CERIVES XXI S.L, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
PALMA DE MALLORCA a diecisiete de Septiembre de dos mil doce.
LA SECRETARIA JUDICAL