Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
Núm. 21628
Decreto de modificación de la Organización Municipal
En cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, se pública el siguiente Decreto de la Alcaldía:
“DECRETO.- Visto el Decreto de fecha 27 de junio de 2011, mediante el cual se delegó en el Concejal Ignacio Rodrigo Mateo, entre otras, el área de Comercio, incluyendo la delegación realizada la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, entre otros, en relación a permisos y autorizaciones relacionadas con los usos, ocupación y actividades lúdicas a realizar en la vía pública, procedimientos en materia de venta ambulante y mercados ocasionales y periódicos, y mercado municipal.
Visto que en el mencionado decreto también se delegó en la Concejala, Dña. Miriam Valladolid Portas entre otros, el conocimiento previo, la preparación de los acuerdos y la dirección interna y gestión de los servicios y asuntos en políticas de igualdad, sin que la anterior delegación incluyera la facultad de resolver mediante actos que afecten a terceros, sin perjuicio de las delegaciones de firma que se puedan otorgar.
Considerando conveniente la modificación de las delegaciones acordadas en su día, mediante el presente y en uso de les facultades que me confiere la legislación vigente en materia de Régimen Local, en concreto los artículos 25 de la Ley 20/2006 de 15 de diciembre municipal y de régimen local de las Islas Baleares en relación a los artículos 21 i 23.4 de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local i 43 y siguientes del RD 2568/1986 de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de les Entidades Locales y de conformidad a lo previsto en el artículo 114 del citado RD 2568/1986 de 28 de noviembre en el que se establece que la revocación o modificación de las delegaciones tendrá que adoptarse con las mismas formalidades que las exigidas para su otorgamiento.
RESUELVO:
PRIMERO.- Revocar la delegación genérica efectuada al Concejal Ignacio Rodrigo Mateo en materia de comercio, quedando revocadas las facultades que ostentaba de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en relación a permisos y autorizaciones relacionadas con los usos, ocupación y actividades lúdicas a realizar en la vía pública, procedimientos en materia de venta ambulante y mercados ocasionales y periódicos, y mercado municipal.
SEGUNDO.- Revocar la delegación específica efectuada a la Concejala Miriam Valladolid Portas en relación a los asuntos de políticas de igualdad.
TERCERO.- Delegar en la Concejala Maria del Mar Sánchez Gutiérrez la facultad de dirigir i gestionar los servicios que presta el Ayuntamiento en materia de políticas de igualdad, incluida la representación del Ayuntamiento en los actos relacionados con la anterior atribución.
La anterior delegación incluye la firma de los actos de trámite necesarios para la tramitación de procedimientos relativos a la materia objeto de delegación, la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros y la resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra los acuerdos dictados.
CUARTO.- Delegar en el Concejal Raimundo Prats Ramos el conocimiento previo, la preparación de los acuerdos y la dirección interna y gestión de los servicios y asuntos en materia de comercio.
La anterior delegación no incluye la facultad de resolver mediante actos que afecten a terceros, sin perjuicio de las delegaciones de firma que se puedan otorgar.
QUINTO.- Haciendo uso de las atribuciones que me otorga el artículo 115 del RD 2568/1986 de 28 de noviembre conservo les siguientes facultades en relación a las atribuciones delegadas:
a) Recibir información detallada de la gestión de las atribuciones delegadas y de los actos dictados en virtud de la delegación.
b) Ser informada previamente de la adopción de decisiones de transcendencia.
SEXTO.- Que se de cuenta del presente Decreto al Pleno de la Corporación, se notifique a los Concejales y se proceda a su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la fecha de firma del mismo. En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los concejales delegados, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las atribuciones delegadas como titular de la competencia originaria, sin necesidad de que se dicte ninguna resolución expresa en este sentido.
Eivissa a 3 de octubre de 2012
LA ALCALDESA, DOY fe
EL SECRETARIO-ACCTAL.,
Fdo.: Marienna Sánchez-Jáuregui Martinez Fdo.:Joaquim Roca Mata”
Eivissa, 24 de octubre de 2012
LA ALCALDESA,
Fdo.: Marienna Sánchez-Jáuregui Martínez