Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 21521
Disciplina. Decreto estimar parcialmente, modificar y confirmar. DO-2006/68
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística a Beach Resorts SL, Weiqi Ji y Martin y Casas CB, expte. DO-2006/68, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Weiqi Ji como antiguo promotor, de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:
Le comunico que, por Decreto del Presidente del Consejo de Gerencia de Urbanismo n. 17408, de 10.1.2012, se ha dispuesto lo siguiente:
Visto el informe emitido por la TAG del Servicio de Disciplina el día 12 de septiembre de 2012, que se transcribe en la parte dispositiva.
Vistos los artículos 30, 61, y 65 y siguientes LDU, así como los arts. 30 a 34, 44, 69, 89, 105.2, y 110 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas, los artículos 121 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local y el art. 4.1.h y 4.2.l y 18. noveno del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma, vistos el Decreto de Alcaldía n 11918, de nombramiento de los titulares de las áreas de gobierno, de 13 de junio de 2011, y el Decreto de Alcaldía núm. 5309, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, de 26 de marzo de 2012, y demás normativa aplicable, la TAG del servicio que suscribe considera que el Presidente del Consejo de la Gerencia, puede dictar el siguiente:
DECRETO
"1º. ESTIMAR parcialmente el recurso presentado el 29/08/2012 por Weiqi Ji como antiguo promotor, contra el decreto del presidente del CGU núm. 9241 del 24/05/2012 donde se le concedía un plazo de 2 meses para solicitar la oportuna licencia municipal, en relación a las obras realizadas en la C. Cardenal Rossell 20 RC 03685904064, consistentes en "en uno de los huecos de ventilación del edificio Ha sido instaladas un tubo metálico de unos 1 metro con salida a la cubierta y desmontada el" shunt de salida "" (informe UTIB 5.01.2006) y "en uno de los huecos de ventilación del edificio que va desde la planta baja a la Cubierta Ha sido instaladas un tubo metálico de unos 10 m. y desmontada el shunt de salida. En el forjado de separación de la planta sótano y planta baja han sido realizadas once perforaciones de dicho forjado de unos 10 cm cada una, con posterior colocación de tubería de PVC o similar, en unos 12 m.l. Consultados los archivos municipales no se localiza licencia. (Informe UTIB 16/06/2011)
EN CONSIDERAR QUE:
a) Tal y como afirma el recurrente, y una vez revisada la documentación obrante en el expediente DO 2006-68, se ha comprobado que el recurrente sólo es responsable de las obras realizadas con anterioridad a la solicitud de traspaso de la actividad de restaurante, CO 200/31, de fecha 11/08/2010. Así, visto que el informe del celador municipal donde se constata la continuación de las obras es de fecha 16/06/2011, el recurrente no sería responsable, sino el nuevo promotor
b) Por tanto, cabe
2º MODIFICAR el decreto recurrido, núm. 9241 del 24/05/2012 en relación a weiqi Ji, (antiguo promotor), en el sentido de incluir sólo las obras descritas en el informe del celador municipal del 05/01/2006, y que son: "en uno de los huecos de ventilación del edificio Ha sido instaladas un tubo metálico de unos 1 m con salida a la Cubierta y desmontada el "shunt de salida"
3 º. - CONFIRMAR el decreto recurrido en el resto de sus extremos. "
4 º. - NOTIFICAR la presente resolución a Weiqi Ji (antiguo promotor)
Lo que le comunico a los efectos oportunos. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo de acuerdo con los arts. 109 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; 52 de la Ley 7/85 de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación del presente edicto, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.
Os recuerdo que, de acuerdo con el artículo 14 del Estatuto de autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística en lo referente a las futuras notificaciones que se hagan.
Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, se pueden dirigir a las siguientes oficinas: OAC AVENIDAS-Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avenidas); OAC CORT-pl. Santa Eulàlia, 9, bajos; OAC PERE GARAU-c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ-c. Margaluz, 30; OAC SAN FERNANDO-Av. San Fernando, 42 (Edif. Policía Local); OAC S'ARENAL-Av. América, 11; OAC S'ESCORXADOR-c. Emperatriz 6; OAC SON FERRIOL-Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h de lunes a jueves (OAC Avenidas). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en el OAC Cort (sólo registro).
Palma, 6 de noviembre de 2012
La jefa de departamento de Disciplina Seguridad de los Edificios,
p.d. Decreto de Alcaldía núm. 10434de 06/08/2012, (BOIB núm. 85 de 14/06/2012)
Elvira Salvà Armengod